Las medidas adoptadas por esta entidad buscan supervisar las transacciones financieras y garantizar que los usuarios cumplan con sus obligaciones fiscales.
Mercado Pago es una de las principales plataformas de pagos digitales en Argentina, y es por esto que tiene la obligación de reportar a la ARCA (Ex AFIP) en operaciones que excedan los límites establecidos, al igual que el resto de billeteras virtuales.
Las medidas adoptadas por esta entidad buscan supervisar las transacciones financieras y garantizar que los usuarios cumplan con sus obligaciones fiscales.
Tipos de operaciones que Mercado Pago y Billeteras Virtuales informan a la ARCA
La ARCA obliga a todas las billeteras virtuales que operan en Argentina a informar sobre las siguientes operaciones:
- Ingreso o retiro de dinero en la cuenta
- Saldo final mensual
- Transferencias (enviadas o recibidas)
¿Cuáles son los montos que Mercado Pago y Billeteras Virtuales informan a la ARCA?
Todas las billeteras virtuales (incluyendo Mercado Pago) deben informar a la ARCA en 3 montos diferentes. Veamos los montos correspondientes en diciembre 2024:
- Cuando los usuarios realicen ingresos y egresos mensuales en sus cuentas por un monto igual o superior a $400.000.
- Cuando los usuarios tengan saldos finales mensuales en sus cuentas por un monto igual o superior a $700.000.
- Cuando los montos de transferencias enviadas y recibidas a través de Mercado Pago (u otra billetera virtual), sean de un monto igual o superior a $1.400.000.
¿Qué pasa si excedo los límites de ARCA en Mercado Pago u otra Billetera Virtual?
Si se superan los límites mencionados anteriormente, las billeteras virtuales cumplirán con su obligación de reportar la transacción a la ARCA.
Si bien esto no implica una respuesta inmediata de la ARCA (salvo que existan sospechas de la actividad económica del usuario), puede que el organismo solicite documentación respaldatoria, teniendo que justificar el origen y destino de los fondos.
En caso que el usuario de Mercado Pago (u otra billetera virtual) cuente con la documentación para justificar las transacciones reportadas, no debería haber ningún inconveniente.
El Economista