Luego de su reunión semanal, el Comité Operativo de Emergencia de la provincia(COE), en virtud del análisis epidemilógico, decidió adoptar nuevas medidas que entraran en vigencia a partir del 1 de septiembre.

Se amplia el horario de circulación para todos los días de la semana de 6 a 2:00 hs. en todo el territorio provincial; con excepción de aquellas localidades en que se determine su aislamiento por razones epidemiologicas. En ese sentido se mantendrá la restricción de circulación desde las 22 a 6 hs. únicamente y hasta nuevo control epidemiologico, en la ciudad de Monte Quemado.
Estarán permitidas las reuniones familiares y sociales hasta 10 personas en domicilios particulares y hasta 20 personas, si ese ámbito privado es al aire libre -Estarán permitidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre, hasta 100 personas ( manteniendo distancia de 2 mts y las demás medidas preventivas).
Los transportes urbanos de colectivos, podrán circular con pasajeros parados en un número no mayor a 12 personas.
Serán permitidas las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales y deportivas, solo con un máximo del 70% del aforo de la capacidad autorizada en espacios cerrados (manteniendo el distanciamiento de 2 metros, y garantizando el cumplimiento de los protocolos vigentes autorizados por el Ministerio de Salud de la provincia)
Continúan suspendidas las siguientes actividades:
Viajes grupales (de egresados, estudiantes y similares).
Discotecas, salones de fiesta, bailes o actividades similares.
Se recuerda que en todo el territorio provincial continúan vigentes las disposiciones establecidas en el DNU 494/21 hasta el 1 de octubre del corriente año.
Dentro de los horarios de circulación estipulados, se podrán desarrollar las actividades no esenciales que se encuentren habilitadas y cumplan el protocolo dispuesto.
Se debe mantener la distancia de 2 metros entre personas, usar correctamente el tapabocas en lugares públicos, y la permanente higiene de las manos.
Las personas notificadas como positivas de Covid y sus contactos estrechos deben mantener estricto aislamiento domiciliario, por 10 días ( reduciéndose de 14 a 10 días desde el 1/9 ) teniendo en cuenta que la violación de esa disposición significa un grave delito, previsto en el Código Penal (art 202).
Presencialidad plena en establecimientos educativos
A partir del 6 de Septiembre se retornará a la presencialidad escolar plena y cuidada en todos los niveles, en los establecimientos que puedan dar cumplimiento a los protocolos aprobados por el Consejo Federal de Educación. (Durante la presente semana se adoptarán y comunicarán, todas las medidas necesarias para hacer la efectiva dicha disposición)
