De acuerdo al decreto, la Subsecretaría de Medio Ambiente tendrá la misión de asistir al Ministro de Producción, Recursos Naturales, Forestación, Tierras y Medio Ambiente,

Por disposición del gobernador de la provincia Dr. Gerardo Zamora, la Subsecretaría de Medio Ambiente fue transferida, mediante decreto, del ámbito del Ministerio de Obras Públicas a la del Ministerio de Producción.
En los considerandos se establece “que tal decisión tiende a potenciar la integración en el área funcional y de gestión del Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras con el propósito de incorporar a las competencias que les son propias la misión de medio ambiente y la conservación tendiente a favorecer una directa articulación de las diferentes áreas gubernamentales avocadas a la temática”.
En el decreto se establece la modificación del “artículo 28 del Decreto N° 2.591/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera: el ministro de Obras, Servicios Públicos y Agua será asistido en sus funciones por la Subsecretaría de Obras Públicas, Subsecretaría de Agua y la Coordinación de Proyectos”.
También la modificación del “Artículo 20° del Decreto N° 2.591/2019 el que quedará redactado de la siguiente manera: el ministro de Producción, Recursos Naturales, Forestación, Tierras y Medio Ambiente, será asistido en sus funciones por la Subsecretaría de Recursos Naturales, Forestación y Tierras, Subsecretaría de Industria y Subsecretaría de Medio Ambiente”.
De acuerdo al decreto, la Subsecretaría de Medio Ambiente tendrá la misión de asistir al Ministro de Producción, Recursos Naturales, Forestación, Tierras y Medio Ambiente, en todos los asuntos relacionados a sus funciones, atribuciones, responsabilidades, pudiendo asimismo, resolver por si los asuntos que éste le encomiende.
Intervenir en la elaboración ejecución y supervisión de los proyectos de su competencia en general, de acuerdo a los lineamientos impartidos por el Ministro, en particular en la temática relacionada al medio ambiente y las políticas orientadas a tal fin.
Velar por el mantenimiento, protección, recuperación y control del medio ambiente haciendo respetar las distintas normas ambientales existentes, tanto nacionales como provinciales.Intervenir en todos los asuntos que impliquen alteración en el medio ambiente, contaminación del agua, suelo y aire, degradación de los recursos naturales y en el control de todas las actividades o emprendimiento a tal fin.