Por mayoría, la Cámara Federal porteña avaló la medida solicitada por la querella de la Vicepresidenta y por la fiscalía, revocando la decisión de la jueza María Eugenia Capuchetti.
La Cámara Federal porteña habilitó este jueves el secuestro del celular del diputado nacional de Juntos por el Cambio Gerardo Milman, una medida que había sido solicitada por la querella de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y por la fiscalía en la causa en la que se investiga el intento de magnicidio ocurrido el 1 de septiembre pasado.
El tribunal de apelaciones decidió, por mayoría, revocar la decisión de la jueza María Eugenia Capuchetti, y habilitar la medida, aunque ahora deberá sortearse otro escollo: por la ley de fueros, se precisaría autorización de la Cámara de Diputados, indicaron fuentes judiciales consultadas por Télam.
La expectativa de que pueda hallarse información útil para la causa en el teléfono de Milman es muy baja, entre otras cosas por el tiempo transcurrido desde el hecho, reconocieron los abogados de la querella cuando se hizo la audiencia para reclamar que de todas formas se realizara.
Qué perijate se podrá realizar en el celular
Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, que votaron por autorizar la medida, demarcaron que “la extracción de información del teléfono en cuestión deberá limitarse a un acotado y prudente lapso temporal -abarcado desde el 1° de julio de 2022 al 10 de mayo de 2023-“, según surge del fallo al que accedió esta agencia.
La búsqueda de información en el teléfono de Milman deberá “enmarcarse estrictamente al análisis del contenido relevante en torno a los hechos ventilados en la presente causa, debiendo preservarse toda aquella información que no guarde estricta relación con el caso”, enfatizaron.
Para ello, -explicitaron- “se deberá asegurar que, ni bien se produzcan los primeros resultados de las diligencias, esa información sea recibida únicamente por el juzgado, a los efectos que la magistrada esté en condiciones de determinar cuáles datos son ajenos al legajo –imponiendo su eliminación- y cuáles sí pueden ser destinados a la actividad de los auxiliares de la justicia y al conocimiento de todas las partes legitimadas”.
Télam