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La Selección argentina volvió a gritar campeón en la Copa América tras derrotar a Colombia

by adminweb 15 julio 2024
El campeón del mundo derrotó a Colombia por 1 a 0 volvió a repetir el título de América. 

La Selección argentina logró hoy el bicampeonato en la Copa América al imponerse a Colombia por 1 a 0 en la final con un golazo de Lautaro Martínez en el segundo tiempo suplementario, en un partido en el que se quedó sin el capitán Lionel Messi a los 65 minutos. La final fue la despedida de Ángel Di María del seleccionado.

El gol de la «albiceleste» llegó a los 112 minutos con un remate cruzado del delantero del Inter de Italia tras una buena jugada asociada entre Leandro Paredes y Giovani Lo Celso.

En el partido jugado en el estadio Hard Rock de Miami, Colombia sorprendió desde el inicio al seleccionado campeón de América y del mundo con presión sobre la salida y amplio control del balón.

Argentina estuvo cerca de convertir en el primer minuto a través de un remate de Julián Álvarez que salió desviado, luego de un centro de Gonzalo Montiel desde la derecha.

A partir de esa aproximación, Colombia se hizo dueño del partido de la mano de James Rodríguez y llevó peligro en varias ocasiones por intermedio de remates de Luis Díaz, Jhon Córdoba y Carlos Cuesta.

El seleccionado «albiceleste» logró salir del asedio y respondió a los 19 minutos con un remate de Messi luego de una jugada de Di María por el sector izquierdo.

Con el partido más parejo, Argentina volvió a pisar el área rival a los 35 minutos por intermedio de Messi, quien se dobló el tobillo derecho al pisar mal y quedó con molestias.

En el segundo tiempo, el juego se volvió más trabado y peleado, cortado por las infracciones de uno y otro equipo, pero con Argentina con mayor intensidad para disputar los balones.

De esta manera, el conjunto dirigido por Lionel Scaloni llegó al arco rival a través de remates de Julián Álvarez y Di María que exigieron al meta Camilo Vargas a los 48 y 57 minutos, respectivamente.

Ocho minutos después, Messi salió reemplazado por la lesión en el tobillo que sufrió durante el primer tiempo y lo tuvo a maltraer hasta que dejó el campo de juego reemplazado por Nicolás González.

A los 5 minutos del alargue y tras una buena habilitación de Rodrigo De Paul, González remató y Vargas encontró la pelota y se quedó con ella para salvar a Colombia. Un minuto más tarde, Lisandro Martínez llegó con lo justo a despejar la pelota antes que patee Borja.

Argentina fue a buscar la victoria y la consiguió. En el sexto minuto del segundo tiempo del alargue. La jugada la inició Leandro Paredes, quien tomó la pelota por derecha, habilitó de forma precisa a Giovanni Lo Celso y el ex Rosario Central la cedió de forma magistral para el «Toro» Martínez, quien definió con potencia sobre el arquero colombiano.

Se trató de una combinación de relojería con la mano de Lionel Scaloni, ya que se trata de tres jugadores que había hecho ingresar pocos minutos antes.

«La verdad que no estoy contento porque (Messi) tuvo que salir de esa manera, por el problema del tobillo, pero por fin pudimos ganar nosotros por él, darle la alegría a él, y fue una noche redonda»», dijo tras el partido Di María.

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15 julio 2024 0 comment
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DestacadasPaís

Una familia tipo necesita más de $873 mil por mes para no ser pobre

by adminweb 12 julio 2024
La canasta básica aumentó 2,6% en junio por debajo de la inflación gracias a la desaceleración de los aumentos de alimentos. Para no ser indigente deben percibir ingresos por $393 mil.

Una familia tipo necesitó juntar ingresos por $873.169 en junio para alcanzar una Canasta Básica Total y no ser pobre en el territorio argentino, informó el INDEC esta tarde. En cambio, para no caer bajo la situación de indigencia, fue necesario tener ingresos por $393.319, lo que equivale a una Canasta Básica Alimentaria.

Durante junio de 2024, la variación mensual de la canasta básica alimentaria (CBA) fue de 1,6%, mientras que la de la canasta básica total (CBT) fue de 2,6%. Ambas canastas, subieron por debajo de la inflación del período que fue de 4,6%.

Por el peso de los rubros de bienes, particularmente alimentos y bebidas que tienen ambas canastas y por la desaceleración de la inflación de aquellos rubros, el aumento de las canastas fue ostensiblemente menor.

La CBA y la CBT acumulan en el primer semestre del año incrementos del 63,4% y 76,1%, por debajo del 79,8% de inflación, de acuerdo con el menor impacto de la inflación en alimentos y bienes básicos que componen la canasta. Con la desaceleración de la inflación en el semestre, los primeros en sentir el menor agobio son los sectores más vulnerables.

 En cambio en la variación interanual, la CBA avanzó 277,4% y la CBT 275,7% respectivamente. En este caso, Por el impacto de la inflación especialmente de bienes y servicios básicos del últimos semestre, aún dichos guarismos están por encima del índice general que marcó 271,5% en los últimos doce meses.

Según los cálculos del organismo estadístico, se valorizan tres tipos de hogares.

El nivel de ingresos para un hogar de 3 integrantes donde viven abuela, madre e hijos, necesita ingresos por $313.128 para no caer en la indigencia y de $695.144 para no ser pobre.

En el caso de la familia tipo de cuatro integrantes compuesto por una pareja y dos menores, deberán cobrar más de $393.319 para no ser indigentes y $873.169 para no ser pobre. 

En caso de un hogar de 5 integrantes, una pareja y tres menores, el ingreso mínimo para no ser indigente es de $416.685 mientras que para estar por encima de la línea de la pobreza deberá ser mayor a $918.381.

12 julio 2024 0 comment
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DestacadasPaís

La inflación de junio fue del 4,6% y acumuló 271,5% en los últimos doce meses

by adminweb 12 julio 2024
Se ubicó por encima del 4,2% de mayo pero quedó lejos del 5%. Economía destacó la cifra.

Finalmente, la inflación subió en junio respecto de mayo, pero menos de lo esperado, al arrojar un 4,6% y acumular 271,5% en los últimos doce meses.

En el primer semestre del año la suba de precios fue del 79,8%, informó el INDEC. Como había anticipado el Gobierno, la suba de precios quedó por debajo del 5% y levemente por encima de mayo, cuando subió 4,2%.

La división de mayor aumento en el mes fue Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (14,3%), por las subas en las tarifas de electricidad y gas y en alquiler de la vivienda. 

Le siguieron Restaurantes y hoteles (6,3%) y Educación (5,7%) por subas en todos los niveles de enseñanza.La división con mayor incidencia fue Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (14,3%), en las regiones GBA, Noreste, Noroeste y Cuyo, mientras que en Pampeana y Patagonia fue Alimentos y bebidas no alcohólicas (3,0%), donde se destacaron los aumentos de Verduras, tubérculos y legumbres, Pan y cereales y Leche, productos lácteos y huevos.

12 julio 2024 0 comment
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DestacadasLocales

El Ministerio de Educación anunció el pago de haberes por extensión horaria a docentes

by adminweb 12 julio 2024
En concordancia a los meses de mayo y junio a todos los docentes impactados por el programa «Hacia la Universalización de las Jornadas Completas o Extendidas».

El Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología de la provincia informa que ha recibido los fondos de la Secretaría de Educación de la Nación destinados al pago del programa «Hacia la Universalización de las Jornadas Completas o Extendidas».

Por tal motivo, se hará efectivo el pago de los haberes de la extensión horaria correspondientes a los meses de mayo y junio a todos los docentes impactados por dicho programa.

Asimismo, desde el organismo señalaron que el sueldo anual complementario del primer semestre, por este mismo concepto, se abonará el próximo lunes 15 de julio.

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DestacadasLocales

El gobernador Zamora inauguró el barrio Raúl Ricardo Alfonsín para 92 familias

by adminweb 12 julio 2024
Antes del corte de cintas y en el marco de la campaña de arbolado que lleva a cabo la provincia con la comuna capitalina, el gobernador plantó un lapacho junto con Ángela Sánchez Ocampo y sus hijos.

El gobernador Gerardo Zamora inauguró este viernes al mediodía el barrio Raúl Ricardo Alfonsín, compuesto por 92 viviendas tipo dúplex ubicadas en el sudoeste de la ciudad Capital, en cercanía de las avenidas Aguirre y Solís.

El mandatario estuvo acompañado por el vicegobernador Carlos Silva Neder; el jefe de Gabinete, Elías Suárez; el ministro de Obras Públicas, Aldo Hid; el secretario de Obras Públicas, Jorge Zuaín; la secretaria técnica de Relaciones Públicas e Institucionales del Ipvu, Sara Ayuch Tarchini y la intendente de la Capital, Norma Fuentes; entre otras autoridades.

Antes del corte de cintas y en el marco de la campaña de arbolado que lleva a cabo la provincia con la comuna capitalina, el gobernador plantó un lapacho junto con Ángela Sánchez Ocampo y sus hijos, la familia en cuya vivienda se hizo la ceremonia inaugural y el recorrido por la unidad habitacional que cuenta con todos los servicios básicos, como cloaca, gas natural y red eléctrica.

En la planta baja cuenta con un depósito, baño, living comedor y cocina, además de una cochera con cubierta, un sector destinado a lavadero y una cisterna con bomba impulsora. En la planta alta del dúplex están 2 dormitorios con placares incorporados y un baño.

Tras el recorrido se realizó la entrega simbólica de carpetas a un grupo de beneficiarios, previo al discurso en el cual el titular del Poder Ejecutivo destacó la ejecución de estas obras que se hacen posible con fondos netamente provinciales, que forman parte de un programa cuya continuidad está garantizada con el fin de que “ninguna familia santiagueña quede sin su techo propio”.

“Es uno de los objetivos que nos tenemos que proponer como provincia –resaltó- y en ese sentido trabajamos todos los días con responsabilidad, sobre todo, en los tiempos difíciles que se viven”.

Zamora hizo hincapié además en el propósito fundamental de la obra pública, “que es la familia, nuestros hombres y mujeres  santiagueños para que puedan vivir mejor”.

“En estos tiempo complicados –concluyó el mandatario- rogamos a Dios que nos acompañe para que podamos sortear todos los obstáculos, contando con nuestras propias fuerzas para llevar adelante nuestro camino hacia un futuro mejor”.

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DestacadasPaís

El Gobierno asistirá con $1.300 millones a provincias patagónicas afectadas por la ola polar

by adminweb 12 julio 2024
Así se lo comunicó el flamante titular de la Secretaría de Agricultura, Sergio Iraeta durante una reunión que se realizó esta mañana con la Mesa de Enlace.

El Gobierno nacional asistirá con $1.300 millones a las provincias patagónicas afectadas por la ola de frío polar.

Las jurisdicciones alcanzadas por la ayuda son Río Negro, Chubut y Santa Cruz, mientras que Neuquén no recibirá nada.

Así se lo comunicó el flamante titular de la Secretaría de Agricultura, Sergio Iraeta durante una reunión que se realizó esta mañana con la Mesa de Enlace.

Del encuentro también participó el secretario de Transporte, Franco Mogetta, quien puso a disposición los recursos técnicos para garantizar la movilidad en la zona. Según informó NA.

Del total de los fondos, Santa Cruz recibirá $500 millones, que se destinarán a la compra de alimento para el ganado ovino y combustible, para que maquinaria pueda abrir caminos; sobre todo en las localidades más afectadas como Las Heras, Perito Moreno y Fuentes del Coyte. Chubut recibirá $300 millones, la mitad será destinada al alquiler de maquinaria y la otra mitad a la compra de alimentos para el ganado ovino.

Mientras que la provincia de Río Negro recibirá 200 millones de pesos para la compra de alimentos para ganado ovino. Además, se destinarán, adicionalmente, $300 millones para financiar el gasto en combustible de las Fuerza Aérea Argentina, según indicó un parte oficial.

La FAA colaborará con vuelos transportando cada uno hasta 12 toneladas de alimentos o kits de emergencia, además del apoyo de 2 helicópteros disponibles de Chubut para llevar alimentos a zonas aisladas, rescatar personas y observación aérea en zonas de difícil acceso.

También habrá vuelos con el avión Twin Otter (apto Antártida y disponible en Santa Cruz, que transporta hasta 18 pasajeros, evacuaciones y pequeñas cargas) y vehículos blindados a oruga de Río Negro, Chubut y Santa Cruz para apertura de caminos y brechas, rescate de personas, transporte terrestre de alimentos para personas aisladas y transporte de alimento ganado ovino. Según se anunció, “en coordinación con la Secretaría de Transporte se pondrá a disposición Vialidad Nacional para despejar las rutas patagónicas, y coordinar ayuda directa a los productores en Santa Cruz, Chubut y Río Negro. De la reunión participaron el subsecretario de Planeamiento y Coordinación Ejecutiva en Emergencias del Ministerio de Defensa, Marcelo Rozas Garay; y de manera virtual los ministros de Gobierno de Santa Cruz, Pedro Luxen; de Producción de Chubut, Digna Hernando; y de Desarrollo Económico y Productivo de Río Negro, Carlos Banacloy, y representantes de productores patagónicos. Por las entidades agropecuarias estuvieron presentes los presidentes de Federación Agraria Argentina (FAA), Elvio Guía; de la Sociedad Rural Argentina (SRA), Nicolás Pino; de la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro), Elbio Laucirica, y de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Carlos Castagnani. Por el Gobierno Nacional también participaron el subsecretario de Producción Agropecuaria y Forestal, Manuel Chiappe; y el subsecretario de Evaluación y Seguimiento de Políticas de Desarrollo Productivo de la Nación, Felipe Berón.

12 julio 2024 0 comment
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DestacadasPaís

Se podrá blanquear dinero para comprar inmuebles y autos sin pagar penalidades

by adminweb 12 julio 2024
El Gobierno publicó para de la reglamentación y aún resta conocer la parte correspondiente a la AFIP, al Banco Central y la CNV.

Quienes blanqueen dinero que luego se utilice para la compra de inmuebles o automóviles podrán hacerlo sin pagar penalidades hasta la suma de US$100.000.

Así lo precisó el decreto reglamentario sobre el blanqueo de capitales que publicó hoy el Gobierno nacional.  

El especialista Sebastián Domínguez detalló los principales puntos.

1 – Criptomonedas, criptoactivos y demás activos virtuales ubicados en el país

Las criptomonedas, criptoactivos y demás activos virtuales se considerarán ubicados en el país en la medida en que se hubieren encontrado en custodia y/o administración, al 31/12/2023, de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales que esté inscripto ante la CNV.

2 – Criptomonedas, criptoactivos y demás activos virtuales no custodiados y/o administrados en una entidad habilitada.

Las criptomonedas, criptoactivos y demás activos virtuales que no se encuentren bajo custodia y/o administración de una entidad habilitada a tales efectos, ya sea del país o de una jurisdicción o país extranjero no identificado por el GAFI como de Alto Riesgo (“Lista Negra”) o Bajo Monitoreo Intensificado (“Lista Gris”), sólo podrán blanquease si, antes de la fecha límite prevista para la manifestación de adhesión de la etapa 1, son transferidos a entidades que cumplan tales requisitos, en cuyo caso tendrán que mantenerse allí depositados hasta esa fecha.

Por ejemplo, si una persona tiene BTC en una billetera en su móvil (no una billetera de un Exchange que encuadre en custodia o administración como entidad habilitada) y quiere blanquear sus cripto deberá transferirlas a una entidad habilitada para custodiar y/o administrarlas antes del 30/09/2024 -si no hay prórroga- y mantenerlas ahí depositadas hasta esa fecha.

Habrá que esperar a la reglamentación de la CNV para obtener mayores precisiones sobre las entidades habilitadas.

Podría suceder que solamente se permita la transferencia a entidades habilitadas en la Argentina por la CNV.

3 – Bienes depositados o registrados a nombre de más de un sujeto

Es el caso típico de una cuenta bancaria con varios titulares.

Por ejemplo, un matrimonio donde sólo uno de los cónyuges genero el dinero pero la cuenta está a nombre de ambos y de dos hijos.

¿Puede blanquear el 100% del saldo de la cuenta bancaria el cónyuge que generó los fondos o debe blanquear cada cotitular en su proporción de titularidad? Es decir, 25% cada uno.

Dentro de varias consecuencias, esta última alternativa obligaría, por ejemplo, a los hijos a declarar en el futuro rendimientos de las inversiones que no son de ellos.

De acuerdo a la Ley cada sujeto puede regularizar aquellos activos que fueran de su propiedad o que se encontraran en su posesión, tenencia o guarda, al 31 de diciembre de 2023.

Y agrega que la reglamentación establecerá la forma en la que se deberá acreditar la propiedad, posesión, tenencia o guarda de los activos al 31/12/2023 al momento de presentar la declaración jurada del blanqueo.

La reglamentación avanza en definiciones al indicar que en el caso de bienes que se encuentren depositados o registrados a nombre de más de un sujeto y no se pueda acreditar la participación que le corresponde a cada uno de ellos, a los fines de la regularización que efectúen esos sujetos, se entenderá que resultan titulares de dichos bienes en partes iguales.

Es necesario esperar la reglamentación de la AFIP para ver si se flexibilizan estos requisitos, ya que la prueba puede ser compleja y podría llevar a investigaciones retroactivas relacionadas con los bienes blanqueados.

4 – El tipo de cambio se debe utilizar para convertir el valor en pesos de los bienes blanqueados a dólares para luego determinar el impuesto.

La base imponible del blanqueo, salvo algunas excepciones, se determina en dólares estadounidenses.

La reglamentación establece que el tipo de cambio a utilizar para convertir bienes valuados en pesos será USD 1 = $1.000.

5 – Blanqueo de Bienes de Cambio

La Ley permite el blanqueo de bienes de cambio para las empresas.

La reglamentación impide computar los bienes de cambio regularizados como existencia inicial del período fiscal inmediato siguiente.

Esto busca evitar que se blanqueen bienes de cambio pagando un impuesto bajo del blanqueo, por ejemplo 5%, y luego se deduzcan de ganancias gravadas hasta al 35%.

6 – Valuación de los inmuebles a blanquear

Los inmuebles urbanos y rurales en el país deben valuarse al mayor valor entre el valor de adquisición, su valor fiscal o su valor mínimo fijado por la reglamentación.

El valor mínimo surge de multiplicar por 4 la base imponible establecida a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares al 31/12/2024.

Se admite prueba en contrario para los casos donde el valor mínimo calculado sea superior al valor de mercado.

Ese valor de mercado se podrá probar con una valuación de un corredor inmobiliario u otro profesional idóneo cuyo título lo habilite para hacerlo.

En el caso de inmuebles en el exterior, deben valuarse a su valor de adquisición o su valor mínimo el que sea superior.

Para estos casos, el valor mínimo será el de mercado que surja de una valuación de un corredor inmobiliario u otro profesional idóneo cuyo título lo habilite para hacerlo.

7 – Blanqueo por “Grupo familiar”

Un problema que tiene la ley es la disposición que obliga a proporcionar la franquicia de los USD 100.000 sin pago de impuesto entre integrantes de determinados familiares.

La reglamentación acota esa obligación de proporcionar a los casos donde el contribuyente que regulariza tenga a su cargo a alguno de los parientes que indica la ley y éstos también adhieran al régimen.

No hay una definición del concepto “tenga a cargo”

Habrá que esperar a la reglamentación de la AFIP para analizar si otorga mayores precisiones.

8 – Destino del efectivo blanqueado sin pagar el impuesto del blanqueo

La reglamentación da precisiones sobre el destino de efectivo blanqueado para evitar el pago del impuesto del blanqueo.

Una alternativa interesante que ofrece la ley es utilizar el dinero depositado para transferencias vinculadas a operaciones onerosas, debidamente documentadas según la legislación vigente.

Esto podrían incluir compras en la economía real, como inmuebles nuevos o usados, automóviles, electrodomésticos, etc.

Si bien queda a cargo del Ministerio de Economía detallar el tipo de operaciones que serán admitidas, el Decreto avanza en indicar que solamente se podría dar este destino sin pagar impuesto en el caso de bienes regularizados por un monto de hasta USD 100.000.

Se podrán utilizar estos fondos antes del 30/09/2024 bajo ciertos requisitos.

9 – Impuesto “al Cheque”

Se exime del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias a las cuentas especiales que se abran en virtud del régimen del blanqueo.

10 – Blanqueos parciales

La Ley establece que si la AFIP detecta cualquier bien o tenencia de propiedad de quien ingreso al blanqueo al 31/12/2023 y que no hubiera sido declarada se privará a ese sujeto del denominado “tapón fiscal”.

Y delega en la reglamentación establecer un umbral a partir del cual se produce esa pérdida del beneficio.

La reglamentación fija el umbral en el 10% del valor total de los bienes blanqueados.

Por ejemplo, si alguien blanquea USD 100.000 y luego le detectan bienes ocultos por USD 9.000 al 31/12/2023, no perderá el beneficio del tapón fiscal.

Sin embargo, si se detectan bienes por USD 10.000 o más, se perderá este beneficio.

El tapón fiscal establece que los sujetos que regularicen bienes que poseyeran al 31/12/2023, sumados a los que declaren en las respectivas declaraciones juradas de los ejercicios finalizados hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, tendrán los beneficios de liberación de los impuestos, por cualquier bien o tenencia que hubieren poseído con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y no lo hubieren declarado.

La reglamentación aclara expresamente que se libera el monto consumido, es decir, el dinero utilizado para vivir por parte del contribuyente.

Noticias Argentinas

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País

El Gobierno reglamentó los cambios en Bienes Personales, el blanqueo de capitales y la moratoria

by adminweb 12 julio 2024
El presidente Javier Milei rubricó el decreto 608 que reglamenta la regularización de activos, de obligaciones tributarias y los cambios en Bienes Personales.
Depositphotos

Luego de promulgar la ley la semana pasada, el Gobierno publicó este viernes en el Boletín Oficial la reglamentación de las «Medidas fiscales paliativas y relevantes», más conocido como el paquete fiscal.

Mediante el Decreto 608, el presidente Javier Milei reglamentó la rebaja en Bienes personales, el blanqueo de capitales y la moratoria para regularizar sus obligaciones. Los contribuyentes que se encuentren en mora con estas obligaciones pueden adherirse al régimen para obtener ciertos beneficios, como la condonación de intereses y multas, y planes de pago.

El mismo contempla la creación de un «Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social», la implementación de un «Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior«, la reglamentación de un “Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales” (REIBP).

Así, la ley establece un régimen especial para la regularización de obligaciones fiscales, aduaneras y de seguridad social, así como un régimen para la regularización de activos ubicados en Argentina y en el extranjero.

Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social

  • Quiénes pueden adherirse: contribuyentes y responsables solidarios que tengan deudas fiscales, aduaneras o de seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024.
  • Plazo: el plazo para adherirse al régimen es de 150 días a partir de la fecha de publicación de las reglamentaciones.

Beneficios

  • Condonación de intereses y multas: el monto de intereses y multas condonado depende de la fecha de adhesión y del medio de pago elegido.
  • Planes de pago: los contribuyentes pueden optar por pagar sus deudas en cuotas de hasta 84 meses.
  • Condonación de multas: se condonan todas las multas por infracciones formales cometidas antes del 31 de marzo de 2024.
  • Condonación de intereses de determinados impuestos: se condonan los intereses de determinados impuestos que se hayan pagado antes del 31 de marzo de 2024.
  • Reducción de honorarios profesionales: los honorarios de los asesores fiscales se reducen en un 50% para las deudas que se encuentren en proceso de discusión.
  • No reposición de beneficios fiscales: los contribuyentes que se adhieran al régimen no podrán reponer beneficios fiscales que hayan perdido.

El texto también es claro a la hora de señalar que los contribuyentes que se adhieran al régimen renunciarán a su derecho a reclamar reintegros de impuestos, derechos aduaneros o contribuciones a la seguridad social que hayan sido regularizados.

Sobre el Régimen Especial para la Regularización de Activos

La ley establece un régimen para la regularización de activos en el exterior. Los contribuyentes que tengan activos que no hayan declarado a las autoridades fiscales pueden adherirse al régimen para regularizar estos activos y pagar un impuesto especial.

Puntos clave del blanqueo

  • Quiénes pueden adherirse: contribuyentes residentes y no residentes que tengan activos en el exterior.
  • Plazo: el plazo para adherirse al régimen es el 30 de abril de 2025. El plazo podrá extenderse hasta el 31 de julio de 2025.

Procedimiento para la adhesión: los contribuyentes deberán primero manifestar su adhesión al régimen. Luego, tienen que presentar una declaración jurada especial y pagar un impuesto especial sobre los activos regularizados. Dicho gravamen se calcula a una tasa del 15% sobre el valor de los activos regularizados. Los contribuyentes pueden optar por pagar el impuesto en cuotas de hasta 5 años, según indica la ley.

Ámbito

12 julio 2024 0 comment
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