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El Estado ya no estará obligado a contratar los servicios de empresas públicas

by adminweb 21 agosto 2024
Las empresas públicas no podrán tener ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios, ni gozar de beneficios de ningún tipo.

El Gobierno derogó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de 2021 que establecía la obligatoriedad de los ministerios y organismos del Estado de contratar los servicios de empresas públicas como Nación Seguros, Banco Nación, utilizar YPF y Aerolíneas Argentinas. La medida fue publicada este miércoles 21 de agosto por Boletín Oficial.

Empresas públicas: qué decreto se derogó

El DNU 823, que todavía estaba vigente, precisaba que “las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional” deberían “implementar la contratación de las pólizas de seguros que requieran en el ejercicio de su gestión a través de NACIÓN SEGUROS S.A. en todas las ramas en las que esa institución opera”.

La directiva, fechada el 2 de diciembre de 2021, lleva la firma del por entonces jefe de Gabinete, Juan Manzur, y de quien en aquel momento estaba al frente del Ministerio de Economía, Martín Guzmán.

De acuerdo al primer artículo del texto publicado esta madrugada, quedan derogados también “los decretos 1187/12, 1189/12 y 1191/12″. La decisión de la administración de Javier Milei se sustenta en que “mediante el Decreto N° 70/23 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal y administrativa, entre otras, hasta el 31 de diciembre de 2025 y se dispuso un programa general de desregulación de la economía a través de la eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo”.

Empresas públicas: los cambios en la normativa

En ese sentido, señalaron que “por el artículo 50 del citado Decreto N° 70/23 se estableció que las empresas en las que el Estado Nacional sea parte accionista no gozarán de ninguna prerrogativa de derecho público ni podrá el mismo disponer ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios, ni priorizar u otorgar beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica en la que intervenga”.

En esa línea, el Gobierno eliminó también con el decreto 1187/12 que determinó la obligación de implementar el pago de haberes al personal de la Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional mediante el Banco Nación, así como la normativa que imponía a las entidades públicas el deber de “contratar con YPF la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves oficiales”.

De la misma manera, el Ejecutivo derribó el decreto 1191/12, que “dispuso la obligación para las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional de utilizar los servicios de Aerolíneas Argentinas, Austral Líneas Aéreas y Líneas de Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima y de Optar Sociedad Anónima para la compra de pasajes que requieran para el traslado por vía aérea, tanto dentro como fuera del país, de sus funcionarios, empleados o asesores contratados bajo cualquier modalidad, o de terceros cuyos traslados financiaran”.

Ámbito

21 agosto 2024 0 comment
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Martín Lousteau: «No hay plata para alimentos pero sí para gastos reservados de la SIDE»

by adminweb 21 agosto 2024
En una entrevista, Lousteau dio sus primeras declaraciones luego de ser confirmado al frente de Inteligencia en el parlamento.

El presidente del bloque de la Unión Cívica Radical (UCR) en la Cámara de Senadores, Martín Lousteau, brindó una entrevista en Radio 10 y, luego de ser nombrado al frente de la Bicameral de Inteligencia, cuestionó la distribución del ingreso realizado por el Gobierno de Javier Milei: «No hay plata para los alimentos pero sí para gastos reservados de la SIDE».

En una entrevista con Gustavo Sylvestre, Lousteau dio sus primeras declaraciones luego de ser confirmado al frente de Inteligencia en el parlamento: «No hay plata para algunas cosas, no hay plata ni vocación para distribuir los alimentos, pero hay 100 mil millones de pesos para gastos reservados en la SIDE. Hay sobre todo para que el Presidente viaje y haya gastado holgadamente más de 1 millón de dólares y que son personales».

«Pero sobre todo hay plata para no cobrarle a los que blanquean, para no cobrarles un peso a los que nunca quisieron pagar impuestos en la Argentina. Hay plata para bajarle el impuesto a los bienes personales a los ricos de manera escandalosa. Hay plata para la SIDE, pero no hay plata para los jubilados», agregó.

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Alberto Fernández acusó a Fabiola Yañez de violación de secretos por la difusión de los videos en la Casa Rosada

by adminweb 21 agosto 2024
“Qué mi hijo tenga el celular no habilita a la Sra Yánez a que extraiga información privada sobre mi persona y de terceros ajenos al proceso”, denunció Alberto Fernández.

El expresidente Alberto Fernández acusa a Fabiola Yañez de “violación de secreto y su difusión y el acceso ilegítimo a su nube de Google”. Denuncia a su expareja de un delito del que él sigue siendo “víctima en forma continua que afecta a terceras personas sobre la cual se ejerce violencia de género”.

Fernández, quien está imputado por lesiones graves por los hechos denunciados por Fabiola Yáñez, ahora se presentó a la justicia para querellar a su expareja.

“Es malicioso y evidente que se ha lanzado una campaña de desprestigio sobre mi persona haciendo correr versiones falsas que me dañan, afectan también a mis hijos, hermanos y a terceras personas”, sostuvo Alberto.

Fernández hace referencia a la difusión de videos e información privada “difundida ilegalmente de un teléfono personal que accede a mi cuenta privada”.

“La querellada Fabiola es la única persona que tenía acceso a la información que se ha difundido”, dice la presentación ante la justicia.

El teléfono que “le regalé a mi hijo Francisco”

En la presentación escrita, Fernández explica que la información privada que se difundió “está en el teléfono que era de mi propiedad, que le regalé a mi hijo Francisco con aplicaciones que servían para su esparcimiento y que contenía mi galería de fotos personal”.

“Ese celular marca Samsung se lo di a mi hijo para que juegue y pueda ver videos infantiles en YouTube y similares”, cita el escrito.

“Es por ello que acuso a su madre, una persona adulta y con pleno conocimiento para acceder a mi información privada y mucho menos difundirla”, completó.

“Qué mi hijo tenga el celular no habilita a la Sra Yánez a que extraiga información privada sobre mi persona y de terceros ajenos al proceso”, dice la querella firmada por Alberto.

La denuncia la realizó porque Fabiola, en “forma dolosa” utilizó el teléfono para difundir videos que afectan también a otras personas “para que se vean en cadena nacional, mancillando mi honra y la de otras personas”.

El hecho que denuncia Fernández es la difusión de los videos con Tamara Pettinato, a quien el propio Alberto dice conocer desde hacer varios años.

Intromisión ilícita

“Es indudable que he sido víctima de una intromisión ilícita en mi privacidad por parte de terceros y es un deber estatal que se recobre el estado de derecho a fin de sancionar dicha conducta”, explica el escrito.

El expresidente pidió como medida cautelar que la justicia ordene que se deje de publicar o reproducir todo acto que remita a posibles videos o fotos sobre su persona o terceros que impliquen una vulneración a los derechos.

Fuente Ámbito -Por Vanesa Petrillo

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Las ventas de comercios dejarán de pagar retenciones a cuenta de IVA y Ganancias

by adminweb 21 agosto 2024
La medida anunciada por el ministro Luis Caputo fue oficializada en el Boletín Oficial. Entrará en vigencia desde septiembre.

El Gobierno oficializó la eliminación de las retenciones a cuenta de los impuestos en las ventas de comercios a partir del 1 de septiembre, mediante la Resolución General 5554/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La normativa dispone dejar sin efecto los regímenes de retención del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias, para los pagos electrónicos que se efectúen a partir del 1 de septiembre de 2024, inclusive.

Esta medida implica que los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que cobren mediante tarjeta de crédito, compra, pago o de débito, no serán retenidos en los pagos que les efectúen las administradoras de tarjetas y demás entidades a partir del comienzo del noveno mes del año.

El Ministerio de Economía encomendó a la AFIP la reglamentación de la eliminación de los regímenes de retención mencionados, que forma parte del Paquete Fiscal, a través de la Resolución 780/2024 “a efectos de evitar la obstaculización de las operaciones perfeccionadas a través de los medios de pago sobre los que inciden, impulsando su desarrollo en la economía con el objetivo de formalizar las transacciones, fomentar la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos”.

Al igual que se hizo en la ley, la cartera que encabeza Luis Caputo invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “a dejar sin efecto los regímenes de retención de tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos que se efectúen a través de los medios comprendidos en la presente medida”.

Desde el organismo impositivo que conduce Florencia Misrahi destacaron que “la medida representa un enorme beneficio para el sector privado formal que no sufrirá ninguna detracción tributaria nacional al recibirlos”.

Además, indicaron que “se cumple entonces el objetivo prioritario del Estado Nacional de promover la recuperación de los niveles de actividad económica, luchar contra la evasión y fomentar la utilización de los medios de pago más transparentes y formales, al reducir los costos de cumplimiento relacionados con la AFIP por utilizar dichos sistemas de pago”. Según informó NA.

Asimismo, remarcaron que “este beneficio que libera los pagos de las retenciones impositivas nacionales, alcanza a todo el universo de contribuyentes, ya que el Ministerio de Economía amplió el alcance de la medida prevista en el artículo 102 de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que originalmente comprendía sólo a pequeños contribuyentes y operaciones”.

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La venta de electrodomésticos disminuyó un 33% interanual en el primer semestre del año

by adminweb 21 agosto 2024
El consumo en locales físicos estuvo más afectado que el e-commerce.

Las ventas de electrodomésticos en el mercado minorista no escaparon al declive generalizado del consumo de los últimos meses y registraron un descenso del 33% interanual durante el primer semestre de 2024, según la consultora NielsenIQ.

La merma en la comercialización de electrodomésticos durante la primera parte del año, estuvo más acentuada en los primeros tres meses, ya que en ese periodo la baja alcanzó el 39%, mientras que en el segundo trimestre la caída se moderó hasta el 27%.

El relevamiento aportó que las compras presenciales del rubro tuvieron una mayor disminución que las realizadas de manera online, al exhibir un retroceso del 37% en el comercio físico frente a una merma del 19% en el ecommerce.

El menor impacto de la caída se vio reflejado también en el aumento de la participación de las compras por Internet en el total de ventas, al crecer 5 puntos porcentuales, y en la suba de la facturación, al incrementarse 2 puntos porcentuales en comparación con el año anterior. según informó NA.

Entre los sectores analizados, las telecomunicaciones fueron las más afectadas, con una contracción interanual del 49%. En tanto que los sectores de pequeños electrodomésticos (-22%) y climatización (-20%) tuvieron un descenso menor.

En este sentido, la gerente de Atención al Cliente de NielsenIQ, Milagros Bin, expresó que “en cuanto a sectores, los más afectados por la caída son Telecom y Línea Marrón, que incluye categorías como Celulares y Televisores, las dos más vendidas”, precisando que “registran disminuciones tanto en unidades como en facturación, contribuyendo significativamente al descenso del 33%”.

Además, indicó que “en la distribución total de las unidades vendidas, también pierden participación tanto en volumen como en ingresos”, y reveló que dentro del segmento de smartphones, están creciendo las opciones más económicas y las marcas alternativas.

Al evaluar el panorama para el sector en los próximos meses, la ejecutiva señaló que “aunque el mercado de electrodomésticos en la Argentina enfrenta una caída significativa, el crecimiento del comercio online y la resiliencia de algunos sectores ofrecen una perspectiva más matizada” y consideró que “la evolución de estas tendencias en los próximos meses será clave para determinar si la recuperación observada en el segundo trimestre se mantendrá”.

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Luis Caputo en búsqueda de inversiones: viajará a Arabia Saudita

by adminweb 21 agosto 2024
El ministro irá con un objetivo claro: captar inversiones que impulsen proyectos en infraestructura, energía y recursos naturales en Argentina.

El ministro de Economía, Luis Caputo, se encuentra preparando el viaje que lo llevará a visitar Arabia Saudita en septiembre, con el objetivo de atraer inversiones estratégicas hacia la Argentina. El fondo saudí maneja una cartera de aproximadamente u$s620.000 y ya ha mostrado interés en el país.

El viaje dará pie a una serie de esfuerzos internacionales del Gobierno para promocionar el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI). Caputo, se reunirá con empresarios y representantes del Fondo de Inversión Pública saudí (PIF), con un objetivo claro: captar inversiones que impulsen proyectos en infraestructura, energía y recursos naturales en Argentina.

Diversificar las inversiones

El fondo saudí, que maneja una cartera de aproximadamente u$s620.000 millones, mostró interés en la Argentina, especialmente en sectores clave como la energía renovable y la agroindustria. Este grupo ve en la Argentina una oportunidad para diversificar sus inversiones, tradicionalmente concentradas en hidrocarburos. Desde el ministerio aseguran que el RIGI generó »un enorme interés» entre los inversores.

También detallaron que la misión en Riad (capital del país) no incluirá la negociación de un paquete de financiamiento directo bilateral, sino que se centrará en presentar el nuevo régimen inversor y explorar oportunidades para proyectos conjuntos.

Aunque el viaje del ministro parecería inminente, aún se espera la reglamentación completa del RIGI, cuyo anuncio podría darse próximamente. El régimen, aprobado hace un mes y medio en el Congreso como parte de la Ley Bases, incluye facilidades impositivas y cambiarias diseñadas para atraer grandes inversiones extranjeras.

La relación de la Argentina con el Fondo de Inversión Pública saudí

En el 2023, funcionarios argentinos mantuvieron reuniones con el PIF y otras empresas saudíes, en búsqueda de oportunidades relacionadas con la energía, infraestructura y turismo. En ese momento, el exministro de Economía, Sergio Massa, aseguró una inversión de u$s500 millones del Fondo Saudita para el Desarrollo para financiar el Gasoducto Néstor Kirchner y proyectos de infraestructura eléctrica.

El viaje que realizará Caputo intentará funcionar como una continuación de esas reuniones, donde además desde el Gobierno proyectan que solo en el sector energético, el RIGI podría atraer inversiones por más de 54.000 millones de dólares, una cifra significativa clave para la estabilidad económica del país en los próximos años.

El éxito de la gira en Arabia Saudita podría marcar un punto de inflexión para la economía y la gestión de Javier Milei, ya que de posicionarse como un destino atractivo para inversiones a gran escala atraería el interés de uno de los fondos soberanos más importantes del mundo.

Ámbito

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Discapacidad: el Gobierno oficializó un nuevo aumento de las prestaciones

by adminweb 21 agosto 2024
La medida comenzó a regir tras la publicación de la Resolución 6/2024.
freepik.es

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), junto al Ministerio de Salud, oficializó la suba del 2% del valor de los aranceles de los beneficios incluidos al Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Además, a través de la Resolución 6/2024, publicada en el Boletín Oficial, hizo oficial el aumento del 20% sobre el arancel básico por zona desfavorable, que se aplica a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.

Según el texto oficial, la decisión se tomó debido a «la necesidad de readecuar los aranceles del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad«. Por esa razón, el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral «propuso la modificación de dicho Nomenclador con el objeto de conferir una actualización.

De esta manera, la ANDIS determinó: «Establécese una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad de un DOS POR CIENTO (2%) para todas las prestaciones, a partir del 1° de julio 2024, de acuerdo con el Anexo identificado como IF-2024-85829396-APN-DNPYRS#AND que forma parte integrante de la presente».

Asimismo, dispuso: «Reconócese un adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) sobre el arancel básico por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica».

El Gobierno estableció nuevos cambios en el Certificado Único de Discapacidad

A través de la Resolución 1645/2024, el Gobierno estableció cambios para los criterios de emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento.

En marzo del año pasado, el Gobierno de Alberto Fernández confirmó que los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) comenzarían a expedirse sin vencimiento pero que la implementación sería “progresiva, gradual y en etapas”. En la Resolución 322/2023, se determinó: «Establézcase que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan».

Esa normativa dejó de tener efecto debido a que “los lineamientos aplicables al proceso de certificación y acompañamiento de las personas con discapacidad no han sido cumplidos ni implementados en las etapas y plazos establecidos, lo que deriva en inaplicable y obsoleto dicho acto administrativo con la promulgación de la ley N° 27.711”.

En este sentido, la gestión de Javier Milei consideró que «corresponde aprobar los criterios en los que en la evaluación y valoración de la discapacidad se deba emitir un CUD sin vencimiento«.

Ámbito

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El Gobierno derogó el DNU de Alberto Fernández que permitió irregularidades en la contratación de seguros

by adminweb 21 agosto 2024
El artículo 1 del decreto publicado hoy establece: “Deróganse los Decretos Nros. 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21”. Así, quedará eliminada la obligatoriedad de contratar pólizas de seguros proveídas por el Estado. 

Después de que se detectaran irregularidades en contrataciones de Nación Seguros que involucran al ex presidente Alberto Fernández y al productor de seguros Héctor Martínez Sosa -esposo de su ex secretaria María Cantero– el Gobierno derogó el DNU 823/21 que abría una vía legal para que pudieran concretarse ventas de pólizas a organismos estatales con sobreprecio.

La eliminación del DNU se realizó este miércoles a través de la publicación del Decreto 747/2024 en el Boletín Oficial, en la que se retiraron todas las modificaciones anteriormente realizadas a la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. Los nuevos cambios fueron impulsados por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien fue designado junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, como responsable de recibir e inspeccionar las documentaciones relacionadas a las contrataciones de seguros.

El artículo 1 del decreto publicado hoy establece: “Deróganse los Decretos Nros. 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21”. Así, quedará eliminada la obligatoriedad de contratar pólizas de seguros proveídas por el Estado. Sin embargo, desde el Gobierno revisarán los fondos que han sido destinados al pago de contratos y convenios actuales y pasados.

La Administración Nacional, las empresas y sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones empresariales en donde el Estado posea una participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias tendrán un plazo de 30 días para proveer a la Jefatura de Gabinete de la Nación y al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado la documentación requerida.

Para evitar contrataciones que pudieran ser beneficiosas para un tercero a futuro, el decreto estableció que se considerará que hubo una «ventaja, beneficio o preferencia» por parte de las organizaciones vinculadas al Estado si se detectaran criterios de selección favorables para una entidad en particular. Lo mismo ocurrirá con aquellos acuerdos que pudieran cerrarse de manera directa entre las partes, los cuales deberán ser sometido a un proceso de selección mediante licitación o concurso de tipo público o privado. Según informó NA.

Asimismo, el decreto indica que «No se considerará que existe una ventaja, beneficio o preferencia en los contratos y convenios interadministrativos de provisión de bienes o servicios cuando el único proveedor disponible sea una jurisdicción o entidad del Sector Público Nacional«, subrayaron.

Por otro lado, se fijó un plazo para que aquellos ministerios y demás organismos que todavía tuvieran pólizas vigentes fruto de la normativa del DNU impulsado por el ex mandatario pudieran concretar las bajas de los mismos.

Todas las entidades señaladas tendrán un año para poder finalizar los acuerdos. En simultáneo, instaron a que convoquen nuevos procesos de selección que garanticen la competencia y la transparencia respecto de las postulaciones para brindar bienes y/o servicios.

En este contexto, se dispuso que la Oficina Nacional de Contrataciones sea la entidad encargada de gestionar y revisar las nuevas contrataciones que pudieran surgir a partir de haber entrado en vigencia el decreto 747/2024.

Finalmente, el decreto firmado por el presidente Javier Milei, Francos y Sturzenegger anuló además otros tres decretos promovidos durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner. Se trata de las normativas N° 1187/12, 1189/12 y 1191/12 que, tal como indica su nominación, fueron promulgadas en 2012. También la derogación del Decreto 1187/12 implicó la eliminación de la responsabilidad que tenía el Estado de pagar los sueldos de los empleados y contratados estatales por medio del uso de la Caja de Ahorro Común que se abrió en el Banco Nación.

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