Se publicó en la disposición 8833/2024 del Boletín Oficial.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió un repelente de mosquitos, y algunos productos alimenticios como una marca de miel, una de escabeches y una de maíz inflado.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial como la disposición 8833/2024, donde se indica que la decisión fue tomada por incumplir algunas normas clave. Como consecuencia, se inhabilitó la «elaboración, fraccionamiento y comercialización» de los productos mencionados.
El repelente de insectos «MOS OUT», fue prohibido por ANMAT debido a que el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal detectó que los datos que presentaba el producto no pertenecían a un repelente inscrito ante el organismo.
Su producción fue prohibida en «todos sus lotes, presentaciones y vencimientos», según indica la disposición. Allí también se asegura que la decisión fue tomada para «proteger a los usuarios».
El organismo prohibió la «Miel de Abeja multifloral» perteneciente a la marca «El Colmenar» porque el producto no contaba con un número vigente de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) y tampoco de Registro Nacional de Establecimiento (RNE).
Estos registros certifican la aptitud de los productos para ser distribuido y consumido sin problemas por la ciudadanía. Al no mostrar estos números, ANMAT destaca que la miel fue «falsamente rotulada»
Según se asegura, el artículo se inhabilitó «en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento», y se desconoce si podría volver a posicionarse en las góndolas para la venta.