Publicaciones Principales
Tierradentro Diario
  • Locales
  • La Banda
  • Interior
  • País
  • Mundo
  • Deportes
  • Espectáculos
  • Medio Ambiente
  • Ciencia y tecnología
Tag:

ANMAT

DestacadasPaís

ANMAT: actualizan el código alimentario y fijan nuevos límites de arsénico en el arroz y sus derivados

by adminweb 8 junio 2026
La medida fue oficializada mediante la Resolución Conjunta 4/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, a través de la cual se incorpora al Código Alimentario Argentino (CAA) la Resolución 18/21 del Grupo Mercado Común (GMC) del Mercosur.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca incorporaron al ordenamiento jurídico argentino una normativa del Mercosur que actualiza los límites máximos de contaminantes inorgánicos en alimentos y modifica los parámetros aplicables al arsénico en la categoría «arroz y sus derivados, excepto aceite».

La medida fue oficializada mediante la Resolución Conjunta 4/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, a través de la cual se incorpora al Código Alimentario Argentino (CAA) la Resolución 18/21 del Grupo Mercado Común (GMC) del Mercosur.

Según la normativa incorporada, para el caso del arsénico se establecen límites máximos de 0,35 miligramos por kilogramo para el arroz descascarado y de 0,20 miligramos por kilogramo para el arroz pulido, dentro del reglamento técnico regional sobre contaminantes inorgánicos en alimentos.

La resolución también sustituye el artículo 156 del Código Alimentario Argentino, que regula la presencia tolerada de distintos elementos metálicos y no metálicos en los alimentos. Entre ellos se encuentran arsénico, plomo, cadmio, mercurio, cobre, zinc, plata y estaño, cuyos límites máximos quedan vinculados al reglamento técnico armonizado en el ámbito del Mercosur.

En los considerandos, el Gobierno señaló que la actualización busca «mantener actualizadas las normas del Código Alimentario Argentino adecuándose a los adelantos técnicos producidos en cada materia». Asimismo, sostuvo que la medida permitirá cumplir con los compromisos asumidos por los países miembros del bloque regional para armonizar regulaciones y favorecer la libre circulación de bienes.

La norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. No obstante, las autoridades otorgaron un plazo de 18 meses para que los sectores alcanzados se adapten a los requisitos técnicos establecidos por la resolución incorporada al derecho argentino.

La iniciativa contó con la intervención de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) y del consejo asesor de ese organismo, que emitieron dictámenes favorables para avanzar con la adecuación normativa.

En paralelo, el Gobierno publicó otra resolución conjunta de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la ANMAT que actualiza las normas del Código Alimentario Argentino sobre materiales y envases en contacto con alimentos. La medida incorpora tres resoluciones del Mercosur vinculadas a la elaboración de envases y equipamientos plásticos, la lista de sustancias autorizadas para su fabricación y los materiales celulósicos destinados al contacto con alimentos. Según se indicó en la norma, el objetivo es adecuar la legislación local a los avances técnicos alcanzados en el bloque regional y mantener armonizados los estándares sanitarios aplicables al sector.

Ámbito

8 junio 2026 0 comment
0 FacebookTwitterWhatsappEmail
DestacadasPaís

La Anmat suspendió a dos empresas importadoras de productos médicos y retiró lotes del mercado

by adminweb 22 abril 2026
Las irregularidades fueron constatadas durante un operativo de rutina en la sucursal de la empresa en el que los agentes se presentaron y descubrieron que operaban sin tener un director técnico designado.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la comercialización y distribución de los medicamentos importados por la empresa Ripezzi S.R.L. Así quedó plasmado en la Disposición 2144/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de dicho organismo, Luis Eduardo Fontana.

Allí se dispuso la suspensión preventiva del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) de Ripezzi S.R.L. y prohibió de esta manera el uso, comercialización y distribución de todos los productos y lotes importados por la firma, así como de los productos específicos RRS HA Long Lasting (PM 2369-27, lote J843225a, vto 31/08/2028) y RRS HA CELLUTRIX (PM 2369-7, 6 viales, lote 021925b, vto 31/05/2028) «hasta tanto la empresa obtenga nuevamente el certificado habilitante».

Se trata de un implante dérmico de ácido hialurónico combinado con aminoácidos y antioxidantes, «diseñado para la biorevitalización y el relleno de arrugas» y de un ácido hialurónico no reticulado combinado con un «cóctel revitalizante» utilizado para la «reducción de la celulitis, el reafirmamiento de la piel y la reducción local de tejido adiposo».

La Anmat estableció además que Ripezzi debe recuperar del mercado los productos mencionados y presentar la documentación respaldatoria de esa diligencia ante el Instituto Nacional de Productos Médicos. Asimismo, el organismo instruyó también un sumario sanitario a la compañía por presunto incumplimiento de la Ley 16.463 y la Disposición Anmat 2319/2002, en relación a las obligaciones sobre seguridad y calidad de productos médicos.

Las irregularidades fueron constatadas durante un operativo de rutina en la sucursal de la empresa en el que los agentes se presentaron y descubrieron que operaban sin tener un director técnico designado.

Asimismo, la Anmat suspendió preventiva la habilitación de Biogamma S.R.L. como importadora y distribuidora de productos médicos. Así quedó plasmado en la disposición 2063/2026 y la medida se sostendrá hasta tanto la empresa acredite el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación y Distribución.

La empresa contaba con el permiso de funcionar como “importadora de productos médicos” y como “distribuidora de productos médicos y productos para diagnóstico de uso ‘in vitro’ sin cadena de frío”. La Anmat detalló que se resolvió suspender la actividad de la firma a partir de una inspección realizada en su establecimiento. “En el depósito destinado a productos importados y nacionales aprobados se observaron productos vencidos, productos sin rótulo de importación, productos destinados a esterilización y almacenamiento de productos de reúso”, indicaron las autoridades.

Otra de las faltas reportadas en el informe señaló la existencia de “manchas de humedad y deterioro edilicio, evidenciado por techos descascarados”. Asimismo, remarcaron que no contaban “con toda la documentación y registros que respalden el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación, además de realizar actividades que pueden resultar dañinas y peligrosas en cuanto a contaminación y confusión de los productos médicos”.

Minuto Uno

22 abril 2026 0 comment
0 FacebookTwitterWhatsappEmail
DestacadasPaís

La ANMAT prohibió productos cosméticos y de cuidado personal

by adminweb 26 febrero 2026
Se trata de tres productos que presentaban irregularidades en su rotulado.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves diferentes productos cosméticos y de cuidado personal que presentaban irregularidades en su rotulado, según una disposición publicada en el Boletín Oficial.

Según el informe al que accedió la Agencia Noticias Argentinas, se trata de tres productos cosméticos elaborados bajo la denominación Laboratorio Ruefenacht y, mediante la Disposición 793/2026, el citado organismo prohibió el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución en todo el país de “RUCREM CURATIVA”, una crema presentada como cicatrizante y antiséptica debido a que “no contaba con inscripción sanitaria” ante el organismo y tenía en su rótulo “datos de habilitación que no correspondían al establecimiento elaborador”.

Además, en la disposición de la ANMAT se señala que el otro producto es “RUCREM BLOQUEADOR SOLAR RB FPS 80”, un protector solar destinado a pieles extremadamente sensibles del cual el organismo verificó que no existían antecedentes de habilitación del laboratorio para el rubro cosmético y que el número de legajo informado pertenecía a otro establecimiento.

En tanto, el tercer producto prohibido es “ATO-FLEX FORTE”, una crema desinflamante indicada para dolores musculares y articulares y la ANMAT indicó que la misma no estaba inscripta, a la vez que se desconocía el lugar real de elaboración, lo que impide garantizar sus condiciones de seguridad y calidad.

La prohibición “alcanza a todas las presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos, así como su publicación en plataformas de venta en línea” en los tres casos citados, mientras que la ANMAT además dispuso otras prohibiciones al ordenar retirar del mercado el desinfectante para agua de piscinas “nataclor OXY POOL”, tras detectar rótulos no autorizados, datos de registro incorrectos y diferencias entre las dosis aprobadas y las informadas al público.

Según se indicó en la Disposición 802/2026, el organismo prohibió “el uso y la comercialización” del producto denominado “VERRUGOL”, al considerar que se trata de una “especialidad medicinal que no cuenta con las habilitaciones sanitarias correspondientes”.

Buenos Aires, 26 febrero (NA) — #AgenciaNA 

26 febrero 2026 0 comment
0 FacebookTwitterWhatsappEmail
País

ANMAT inhabilitó a 60 laboratorios y droguerías por tener certificados vencidos

by adminweb 20 febrero 2026
Así quedó plasmado en la Disposición 694/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de dicho organismo, Luis Eduardo Fontana.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dio de baja este viernes las habilitaciones de 60 laboratorios y droguerías cuyos certificados ya estaban vencidos. Así quedó plasmado en la Disposición 694/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de dicho organismo, Luis Eduardo Fontana.

Entre los considerandos de la medida la Anmat advirtió que la Dirección de Gestión de Información Técnica inició las actuaciones en el marco del registro de inscripción de establecimientos habilitados para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales cuyos certificados se encuentran vencidos.

La Ley N° 16.463 dispone que las actividades vinculadas a la producción, elaboración, fraccionamiento, comercialización, importación, exportación y depósito de drogas, productos químicos, reactivos, medicamentos, elementos de diagnóstico y otros insumos destinados a la medicina humana, tanto en jurisdicción nacional como en el comercio interprovincial, solo pueden realizarse con autorización previa y bajo supervisión de la autoridad sanitaria. Estas actividades deben llevarse a cabo en establecimientos habilitados, bajo la dirección técnica de un profesional universitario, y conforme a la reglamentación vigente, la cual establece condiciones específicas para cada actividad y garantiza la protección de la salud pública y los intereses del consumidor.

De esta manera, la Anmat recordó que el comercio de especialidades medicinales en jurisdicción nacional y para el tráfico interprovincial y las empresas que intervienen en el tránsito de estos productos deben contar con habilitación de sus establecimientos y certificación de cumplimiento de Buenas Prácticas de Productos Farmacéuticos.

La semana pasada la Anmat también tomado decisiones similares a la de hoy y había inhabilitado la actividad de los laboratorios Inmunolab S.A., Cerium S.A. y Laboratorios Gordon S.A.C.I.F.I.A., según lo dispuesto en las resoluciones 338/2026, 339/2026 y 340/2026 publicadas en el Boletín Oficial.

Minuto Uno

20 febrero 2026 0 comment
0 FacebookTwitterWhatsappEmail
DestacadasPaís

La ANMAT sacó del mercado varias marcas de productos capilares y perfumes

by adminweb 5 febrero 2026
Las medidas fueron formalizadas a través de las disposiciones 227/2026, 228/2026, 230/2026, 232/2026 y 234/2026, publicadas en el Boletín Oficial, y alcanzan a las firmas Shine Hair, Zentidos, Química C.E.A., Química El Regreso S. R. L. y Mumytalooks.
Pexels

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de comercialización y distribución de una serie de productos para el cuidado del cabello y perfumes artesanales, elaborados por cinco empresas, al constatar que no estaban debidamente inscriptos en los registros oficiales.

Las medidas fueron formalizadas a través de las disposiciones 227/2026, 228/2026, 230/2026, 232/2026 y 234/2026, publicadas en el Boletín Oficial, y alcanzan a las firmas Shine Hair, Zentidos, Química C.E.A., Química El Regreso S. R. L. y Mumytalooks.

Productos capilares sin habilitación

En el caso de Shine Hair, la ANMAT prohibió todos los productos de la marca que contenían, entre otros, biotina, células madre vegetales, nutriplex hialurónico, keratina líquida, botox con biotina, además de shampoos y acondicionadores extra ácidos y con argán. Según se indicó, ninguno de estos artículos contaba con la inscripción sanitaria obligatoria.

Desde el organismo explicaron que, tras consultar la base de datos oficial, no se encontraron cosméticos registrados cuyos datos coincidieran con los consignados en el rotulado, lo que motivó la sanción.

Una situación similar se detectó con Mumytalooks, que comercializaba productos para el cuidado capilar sin inscripción en el Registro Nacional de Cosméticos. En particular, el caso del “Shampoo Plex Premium” presentó rotulado engañoso, ya que el laboratorio declarado como fabricante había sido dado de baja años atrás y no posee habilitación vigente.

Perfumes artesanales bajo la lupa

La prohibición también alcanzó a los perfumes artesanales y de autor de la marca Zentidos, cuyos productos no estaban inscriptos y carecían de datos identificatorios esenciales, como el lugar de elaboración. Además, se constató que se ofrecían a la venta a través de Instagram, sitios web y plataformas de comercio electrónico con envíos.

Las autoridades alertaron que estos productos podrían contener formol, sustancia que puede provocar irritación en la piel y los ojos, ardor, picazón, problemas respiratorios y otras alteraciones severas.

La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sostuvo que la falta de inscripción impide conocer la eficacia, seguridad, formulación y fecha de vencimiento de los productos, por lo que su uso representa un riesgo potencial para los consumidores. Por ese motivo, recomendó su prohibición total.

Otras empresas sancionadas

La ANMAT también adoptó medidas contra Química C.E.A., que no contaba con inscripción formal ante el organismo, y contra Química El Regreso S. R. L., que elaboraba y comercializaba un jabón líquido higienizante marca “Plus” sin habilitación para su producción ni registro del producto.

Como parte de la sanción, se ordenó dar de baja todas las publicaciones en internet que ofrecían este sanitizante, con el objetivo de evitar su circulación en el mercado.

A la vez, se prohibió el uso, comercialización y publicidad del producto cosmético «Escudo reparador de caries ODONTIC», marca «NUDENTA», dado que el producto no cuenta con inscripción sanitaria, lo que implica que no se puede garantizar su eficacia y seguridad.

En igual sentido, el organismo se pronunció contra la comercialización y distribución de desfibriladores externos automáticos (DEA) marca YUWELL, modelo HeartSave YA1, con números de serie HSYA125501149 y HSYA125501145. La medida se adoptó tras el robo de los dispositivos, que estaban instalados en estaciones de subterráneo, y busca proteger a los usuarios y adquirentes potenciales, dado que se desconoce el estado de los equipos.

Fuente Ámbito

5 febrero 2026 0 comment
0 FacebookTwitterWhatsappEmail
DestacadasPaís

La ANMAT prohibió una serie de maquillajes y perfumes infantiles

by adminweb 2 febrero 2026
La ANMAT dispuso que la prohibición alcanza también a la venta en plataformas en línea y ordenó comunicar la medida a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este lunes el uso, la comercialización y la publicidad en todo el país de una serie de cosméticos y perfumes infantiles al detectar que se trata de productos ilegales.

Según supo la Agencia Noticias Argentinas, la medida fue oficializada a través de la Disposición 221/2026 publicada en el Boletín Oficial, tras inspecciones realizadas en locales comerciales de la Ciudad de Buenos Aires donde se constató que los artículos carecían de los datos de inscripción sanitaria obligatorios.

El organismo advirtió que, al no contar con los registros pertinentes, «no es posible conocer que hayan sido elaborados bajo las condiciones higiénico-sanitarias pertinentes» ni que sus ingredientes estén permitidos, lo que representa un riesgo para la salud de los eventuales usuarios.

A continuación, la lista detallada de los productos prohibidos:

  • Bebés Llorones: Kit de belleza «PEQUEÑA PUPINA» (paleta de sombras, esmalte y labiales).
  • Lilo & Stitch: Juego de maquillaje artístico marca «PEQUEÑA DISEÑADORA».
  • Disney Princesses: Set de belleza (rubor, labial y esmalte).
  • My Little Pony: Set de belleza (esmalte y labiales).
  • Hello Kitty: Set de maquillaje marca «IMAN OF NOBLE».
  • Labubus: Set de belleza sin marca.
  • Piku: Set de belleza con paleta de sombras.
  • Bicgerbowe: Base líquida con color en envase con forma de oso.
  • Victorious Final: Perfume con vaporizador «SUNSHINE».

La ANMAT dispuso que la prohibición alcanza también a la venta en plataformas en línea y ordenó comunicar la medida a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país.

BUENOS AIRES, 2 febrero (NA) — #AgenciaNA

2 febrero 2026 0 comment
0 FacebookTwitterWhatsappEmail
País

ANMAT prohíbe el uso, distribución y comercialización de una pomada mentolada

by adminweb 27 enero 2026
En la Disposición 128/2026, publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT comunicó que la Dirección de Gestión de Información Técnica no constató carpeta de inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de dicho producto.
Pomada mentolada. Foto: Agencia NA (redes)

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohíbe el uso, distribución y comercialización de una pomada mentolada reconocida en el país por sus efectos contra varias dolencias y enfermedades. Se trata de Mentisan, ungüento, de industria boliviana.

En la Disposición 128/2026, publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT comunicó que la Dirección de Gestión de Información Técnica no constató carpeta de inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de dicho producto.

El mismo se trata de un remedio contra resfrío, catarros, irritaciones de la piel, heridas leves, concusiones, cortaduras, picaduras de insectos y para labios rajados, inhalante, sumado a que alivia los dolores reumático, neurálgico y el dolor de cabeza.

“Corresponde clasificarlo como un medicamento sin registro ante la autoridad sanitaria en la República Argentina, respecto del que se desconoce su procedencia, condiciones de elaboración y que por lo tanto representa un riesgo para la salud de los potenciales pacientes”, destaca el parte al que accedió la Agencia Noticias Argentinas.

Las autoridades del ANMAT explican que se trata de un medicamento sin registro, por lo que el Servicio de Fiscalización de Cadena de Distribución sugirió prohibir el uso, la distribución y la comercialización en todo el territorio nacional de los lotes y presentaciones del producto hasta tanto obtenga las correspondientes autorizaciones; además de informar la medida a todas autoridades sanitarias jurisdiccionales.

Tras la recomendación, el titular de la ANMAT, Luis Eduardo Fontana, informó que el uso, la distribución y la comercialización en todo el territorio nacional de los lotes y presentaciones del producto Mentisan.

Buenos Aires, 27 enero (NA) — #AgenciaNA 

27 enero 2026 0 comment
0 FacebookTwitterWhatsappEmail
País

ANMAT prohibió una serie de productos de limpieza, dentífricos, cosméticos y capilares

by adminweb 23 enero 2026
Así quedó plasmado en las Disposiciones 74/2026; 76/2026; 94/2026; 95/2026 y 96/2026 publicadas hoy en el Boletín Oficial.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este viernes el uso y comercialización de una extensa lista de productos entre los que se encuentran protectores solares, artículos para el cabello, productos de limpieza, dentífricos y cosméticos, entre otros.

Así quedó plasmado en las Disposiciones 74/2026; 76/2026; 94/2026; 95/2026 y 96/2026 publicadas hoy en el Boletín Oficial.

En la primera de ellas la Anmat prohibió «el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes de todos los productos identificados como limpiadores; desengrasantes; aromatizantes; acabados de superficies de las marcas: Muffler, Abro, Red Kong, Black Line y Autoamerica, hasta tanto se encuentren debidamente registrados».

En tanto la Disposición 76/2026 avanzó en la prohibición del «uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes y presentaciones del producto domisanitario rotulado como Desinfectante para Agua de Piscinas marca “Ingenia” hasta tanto regularicen su situación ante Anmat».

La Disposición 94/2026 prohibió «el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución de los siguientes productos: Pasta dental de menta y salvia blanca marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Desodorante en crema marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Protector Solar Factor 30 de Coco, Karité, Cacao y Zinc marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Enjuague bucal de menta y salvia blanca marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Emulsión corporal de lavanda y bergamota marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Repelente de citronella y neem marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Jabón líquido para piel sensible para manos de caléndula marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Emulsión corporal marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Crema para manos de karité y caléndula marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Gel post solar pepino y caléndula marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Desodorante en spray marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Jabón líquido antibacterial para manos de eucalipto y limón marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Emulsión regeneradora de mango y buriti marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Gel de limpieza facial para piel sensible de malva y manzanilla marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Bálsamo labial de karité y cacao marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Tónico facial para piel sensible de malva y manzanilla marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Gel de limpieza facial marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Serum nocturno de jojoba, pepitas de damasco y geranio marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Crema facial hidratante liviana de manzanilla y pepino marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Tónico facial para piel seca caléndula y tilo marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Loción desmaquillante de almendra y hamamelis marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Crema facial nocturna de rosa mosqueta y karité marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Crema facial nutritiva de karité y benjuí marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Crema facial de palta y tilo marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Exfoliante facial de aciete de uva marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Tónico facial purificante para piel grasa/acné de menta y tea tree marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Gel facial purificante para piel grasa/acné de albahaca y tea tree marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Gel calmante para piel grasa/acné de caléndula y tea tree marca “EL ÁRBOL, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Emulsión de limpieza facial de agua de rosas y albahaca marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Mascarilla facial de arcilla blanca, karité y benjuí marca “EL ÁRBOL”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo cabellos equilibrados marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Acondicionador para todo tipo de cabellos palta y pepino marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Crema para peinar marca “RE!”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Eau de toilette marca “AROMAS DE LA TIERRA”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Blend corporal marca “AROMAS DE LA TIERRA”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Eau de parfum marca “AROMAS DE LA TIERRA”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado».

La Disposición 95/2026, por su parte, avanza en la prohibición del «uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional de los siguientes productos de la marca “LEAGUS COSMETICS” en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos; Shampoo con biotina marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Biotina con B8 y B7 marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Baño de crema bomba nutritiva marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Acondicionador de biotina marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo matizador violeta marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo para cabellos negros marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Protector térmico hialurónico marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo neutro marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Baño de crema colágeno marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Oro líquido protector térmico marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo black marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Baño de crema proteínas marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Biotina capilar natural marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Acondicionador extra ácido marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo anti caspa marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo súper keratina marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Baño de crema argán marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo neutro marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Baño de crema plastificado marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Activador de rulos marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Ampolla de biotina marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Lifting capilar marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Lumi seda efecto shock keratina marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Alisado queratina plastificado biomolecular marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Alisado power japonés marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Encerado efecto keratina marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Alisado definitivo keratina y caucho marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shock de keratina importado marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shock de keratina nacional marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Botox BTX capilar marca “LEAGUS COSMETICS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado».

Finalmente la Disposición 96/2026 prohíbe «el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional de los siguientes productos de la marca “KERATIN LISS” en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos: Botox Capilar Revitalización total del cabello marca “KERATIN LISS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. – Alisado Definitivo marca “KERATIN LISS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Alisado Thermal Japonés marca “KERATIN LISS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. – Alisado 3D Plastificado marca “KERATIN LISS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. – Shock de Keratina marca “KERATIN LISS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. – Shampoo Neutro marca “KERATIN LISS”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado».

Fuente Minuto Uno

23 enero 2026 0 comment
0 FacebookTwitterWhatsappEmail
  • 1
  • 2
  • 3

Últimas noticias

  • El INCAA bautizó con el nombre de Luis Brandoni a un laboratorio de desarrollo de proyectos cinematográficos

    8 junio 2026
  • El primer tratamiento contra el cáncer con inyector portátil ya es una realidad en Europa

    8 junio 2026
  • El Gobierno lanza nuevo protocolo sobre la propiedad de semillas y prevé un salto exportador de US$4.000 millones

    8 junio 2026
  • Elecciones en Perú: el empate técnico entre Sánchez y Fujimori podría durar hasta el 15 de julio

    8 junio 2026
  • Un terremoto de magnitud 7,8 sacudió el sur de Filipinas

    8 junio 2026

Entradas recientes

  • El INCAA bautizó con el nombre de Luis Brandoni a un laboratorio de desarrollo de proyectos cinematográficos
  • El primer tratamiento contra el cáncer con inyector portátil ya es una realidad en Europa
  • El Gobierno lanza nuevo protocolo sobre la propiedad de semillas y prevé un salto exportador de US$4.000 millones
  • Elecciones en Perú: el empate técnico entre Sánchez y Fujimori podría durar hasta el 15 de julio
  • Un terremoto de magnitud 7,8 sacudió el sur de Filipinas
  • Monotributo: escalas actualizadas y cuánto hay que pagar este mes en ARCA antes de la actualización
Santiago del Estero
Current weather
-º
Humidity-
Wind direction-
Pressure-
Cloudiness-
-
-
Forecast
Rain chance-
-
-
Forecast
Rain chance-
-
-
Forecast
Rain chance-
El tiempo en Santiago del Estero
  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram
  • Email
Tierradentro Diario
  • Locales
  • La Banda
  • Interior
  • País
  • Mundo
  • Deportes
  • Espectáculos
  • Medio Ambiente
  • Ciencia y tecnología