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ARCA: renunció Juan Pazo y Andrés Vázquez es el nuevo jefe de la ex AFIP

by adminweb 16 diciembre 2025
El decreto 890/2025, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía Luis Caputo, acepta las renuncias de Pazo al cargo de Director Ejecutivo de ARCA y de Vázquez a la Dirección General Impositiva (DGI), ambas con efecto desde el 18 de diciembre.
Juan Pazo renunció al cargo de Director Ejecutivo de ARCA. Foto: Agencia NA

El licenciado Andrés Vázquez asumirá como nuevo Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a partir del próximo jueves 18 de diciembre, en reemplazo de Juan Alberto Pazo, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

El decreto 890/2025, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía Luis Caputo, acepta las renuncias de Pazo al cargo de Director Ejecutivo de ARCA y de Vázquez a la Dirección General Impositiva (DGI), ambas con efecto desde el 18 de diciembre.

En el mismo acto administrativo se formaliza la designación de Vázquez como nuevo titular del organismo recaudador, para completar un período de ley. La norma agradece a los funcionarios renunciantes por los servicios prestados en el desempeño de sus respectivos cargos.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el cambio en la dirección ejecutiva apunta a asegurar la continuidad institucional del organismo en las tareas de recaudación, fiscalización y control aduanero en todo el país.

ARCA es el ente autárquico que funciona en la órbita del Ministerio de Economía y tiene a su cargo la recaudación de impuestos nacionales y el control aduanero. Vázquez venía desempeñándose como Director General de la DGI desde la creación de ARCA en reemplazo de la ex AFIP.

El recambio en la conducción del organismo recaudador se produce en el cierre del año fiscal y a pocos días de las fiestas de fin de año, período de alta actividad tanto en materia impositiva como de comercio exterior. 

#AgenciaNA  Buenos Aires, 16 diciembre (NA) – __IP__

16 diciembre 2025 0 comment
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País

ARCA: los monotributistas que tendrán que pagar mucho más de $100.000 de impuestos

by adminweb 10 diciembre 2025
Se confirmó que desde febrero de 2026 los valores vigentes volverán a modificarse, ya que estos montos se actualizan según la variación del Índice de Precios al Consumidor.

Ya se pueden revisar desde la app o el sitio web de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) los nuevos importes y los plazos para abonar la cuota del monotributo, correspondiente a diciembre de 2025. Quienes estén dentro del régimen tienen que confirmar que sus ingresos y la categoría vigente estén alineados antes de efectuar el pago.

Además, se confirmó que desde febrero de 2026 los valores vigentes volverán a modificarse, ya que estos montos se actualizan según la variación del Índice de Precios al Consumidor.

Escalas vigentes del monotributo en diciembre 2025

  •  Categoría A: $8.992.597,87
  • Categoría B: $13.175.201,52
  • Categoría C: $18.473.166,15
  • Categoría D: $22.934.610,05
  • Categoría E: $26.977.793,60
  • Categoría F: $33.809.379,57
  • Categoría G: $40.431.835,35
  • Categoría H: $61.344.853,64
  • Categoría I: $68.664.410,05
  • Categoría J: $78.632.948,76
  • Categoría K: $94.805.682,90

Cuánto hay que pagar de monotributo en diciembre 2025

Durante diciembre, los contribuyentes deberán afrontar los montos del monotributo correspondientes a su categoría y al tipo de actividad que desarrollen. Cada cuota contempla el impuesto integrado, los aportes previsionales y la obra social, por lo que es importante abonar el total antes de la fecha límite para evitar intereses:

  • Categoría A: $37.085,74
  • Categoría B: $42.216,41
  • Categoría C: $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (comercio)
  • Categoría D: $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (comercio)
  • Categoría E: $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (comercio)
  • Categoría F: $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (comercio)
  • Categoría G: $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (comercio)
  • Categoría H: $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (comercio)
  • Categoría I: $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (comercio)
  • Categoría J: $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (comercio)
  • Categoría K: $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (comercio)

Fuente Minuto Uno

10 diciembre 2025 0 comment
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DestacadasPaís

ARCA actualizó el régimen para calcular el IVA para ventas y servicios operados a través de plataformas digitales

by adminweb 2 diciembre 2025
El texto, firmado por el director ejecutivo Juan Alberto Pazo, entra en vigencia este 1° de diciembre de 2025 y se aplicará para todas las operaciones electrónicas concertadas o perfeccionadas a partir de esa fecha.
Depositphotos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este martes en el Boletín Oficial la Resolución General 5794/2025, que introduce modificaciones al régimen especial de ingreso del IVA aplicable a operaciones de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios concertadas electrónicamente mediante “plataformas digitales”, regulado originalmente por la Resolución General 5319.

El organismo resolvió actualizar los importes y parámetros de habitualidad utilizados para determinar qué contribuyentes quedan alcanzados por el sistema de percepciones, con el objetivo de “recuperar su condición de parámetros representativos” y aportar mayor claridad normativa. La actualización se aplica a operaciones de residentes en el país -personas humanas, jurídicas y sucesiones indivisas- que vendan bienes no registrables o presten servicios a través de plataformas.

La nueva redacción del artículo 3° redefine las situaciones en las que los contribuyentes serán considerados “sujetos no categorizados”, incorporando umbrales concretos: 10 operaciones y un monto mensual igual o superior a $750.000, o bien 4 operaciones por mes en un cuatrimestre con un total también equivalente al parámetro establecido. Para bienes usados de uso personal, el tope se eleva a $1.500.000.

Cómo se aplicará el régimen de percepciones

La resolución también establece que el régimen se perfecciona en el momento del cobro total o parcial de la comisión por intermediación y determina que los sujetos no categorizados quedarán en ese estado desde el mes siguiente al que se verifique la habitualidad, hasta que acrediten su inscripción en IVA o su adhesión al Régimen Simplificado, o bien cesen las condiciones que los incluyen.

En el caso de las plataformas, la norma dispone que deberán asegurar la identificación obligatoria de los usuarios mediante CUIT, CUIL o CDI para poder aplicar correctamente las percepciones.

Desde cuándo rigen los cambios publicados por ARCA

El texto, firmado por el director ejecutivo Juan Alberto Pazo, entra en vigencia este 1° de diciembre de 2025 y se aplicará para todas las operaciones electrónicas concertadas o perfeccionadas a partir de esa fecha.

Fuente: Ámbito

2 diciembre 2025 0 comment
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País

ARCA: lo que deberán pagar los monotributistas según cada categoría

by adminweb 19 noviembre 2025
ARCA publicó los montos actualizados para este mes y también confirmó el tope de facturación que debe respetar cada contribuyente.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos que estarán vigentes durante noviembre de 2025 para todas las categorías del Monotributo, y además informó cuáles serán los nuevos límites de facturación para cada contribuyente.

El monto que deberá pagar cada monotributista según su categoría

  •  Categoría A: Impuesto integrado $4.182,60 | Aporte previsional $13.663,17 | Obra social $19.239,97 | Total $37.085,74
  • Categoría B: Impuesto integrado $7.946,95 | Aporte previsional $15.029,49 | Obra social $19.239,97 | Total $42.216,41
  • Categoría C: Impuesto integrado $13.663,17 (servicios) / $12.547,81 (bienes) | Aporte previsional $16.532,44 | Obra social $19.239,97 | Total $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (bienes)
  • Categoría D: Impuesto integrado $22.307,22 (servicios) / $20.773,60 (bienes) | Aporte previsional $18.185,68 | Obra social $22.864,90 | Total $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (bienes)
  • Categoría E: Impuesto integrado $41.826,04 (servicios) / $33.181,99 (bienes) | Aporte previsional $20.004,25 | Obra social $27.884,02 | Total $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (bienes)
  • Categoría F: Impuesto integrado $58.835,29 (servicios) / $43.220,24 (bienes) | Aporte previsional $22.004,67 | Obra social $32.066,63 | Total $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (bienes)
  • Categoría G: Impuesto integrado $107.074,65 (servicios) / $53.537,32 (bienes) | Aporte previsional $30.806,54 | Obra social $34.576,19 | Total $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (bienes)
  • Categoría H: Impuesto integrado $306.724,27 (servicios) / $153.362,13 (bienes) | Aporte previsional $43.129,16 | Obra social $41.547,19 | Total $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (bienes)
  • Categoría I: Impuesto integrado $609.963,03 (servicios) / $243.985,21 (bienes) | Aporte previsional $60.380,82 | Obra social $51.306,61 | Total $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (bienes)
  • Categoría J: Impuesto integrado $731.955,63 (servicios) / $292.782,26 (bienes) | Aporte previsional $84.533,15 | Obra social $57.580,51 | Total $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (bienes)
  • Categoría K: Impuesto integrado $1.024.737,89 (servicios) / $341.579,30 (bienes) | Aporte previsional $118.346,41 | Obra social $65.806,30 | Total $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (bienes)

Los valores para cada categoría de monotributo

Si estos límites se superan, corresponde una recategorización obligatoria, prevista para febrero de 2026, cuando ARCA también podría pedir información extra:

  • Categoría A: $8.992.597,87
  • Categoría B: $13.175.201,52
  • Categoría C: $18.473.166,15
  • Categoría D: $22.934.610,05
  • Categoría E: $26.977.793,60
  • Categoría F: $33.809.379,57
  • Categoría G: $40.431.835,35
  • Categoría H: $61.344.853,64
  • Categoría I: $68.664.410,05
  • Categoría J: $78.632.948,76
  • Categoría K: $94.805.682,90

M1

19 noviembre 2025 0 comment
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País

ARCA derogó el régimen que obligaba a informar operaciones entre residentes y no residentes

by adminweb 4 septiembre 2025
La decisión rige desde septiembre y busca reducir trámites y cargas administrativas.

El Gobierno nacional resolvió eliminar un régimen de información que obligaba a declarar todo tipo de operaciones económicas, incluso aquellas gratuitas, entre residentes argentinos y personas o entidades extranjeras. La medida alcanza a dos resoluciones que habían sido dictadas en 2012.

En el marco del proceso de simplificación normativa dispuesto por el Poder Ejecutivo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) derogó las Resoluciones Generales N° 3.285 y 3.364. La decisión fue formalizada a través de la Resolución General N° 5752/2025, publicada en el Boletín Oficial.

Los cambios de ARCA sobre el régimen de información de operaciones económicas

El organismo precisó que la derogación se establece “sin perjuicio de su aplicación a los hechos acaecidos durante sus respectivas vigencias”, y que comenzará a regir desde el 1° de septiembre de 2025.

La Resolución General 3.285 había establecido la obligación de informar “toda operación económica, cualquiera sea su naturaleza, aun a título gratuito, concertada entre residentes en el país y quienes actúen en carácter de representantes de sujetos o entes del exterior”.

Esa obligación recaía sobre los representantes locales de compañías extranjeras y también sobre prestadores de servicios como escribanos, bancos, mercados de valores, aseguradoras o casas de cambio, entre otros.

La Resolución General 3.364, en tanto, había introducido modificaciones al régimen previo, fijando nuevos plazos para el suministro de información y herramientas para facilitar la carga virtual de los datos requeridos.

Según indicó la ARCA, la decisión de derogar estas normativas responde a lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 353 del 22 de mayo de 2025, que ordenó revisar y simplificar los regímenes de información y fiscalización a cargo del organismo.

El objetivo declarado es avanzar hacia una administración pública más ágil y orientada al ciudadano, reduciendo la carga administrativa y facilitando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Tras evaluar la aplicación práctica de las resoluciones, la Agencia consideró que resultaba conveniente suprimir el régimen, en línea con las metas de simplificación y desregulación impulsadas por el Poder Ejecutivo.

“Dispónese la simplificación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y en la adquisición de bienes, en el marco de los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas actualmente vigentes, de conformidad con los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina”, recordaron desde el Gobierno al fundamentar la iniciativa.

En ese proceso, ARCA fue facultada a instrumentar mecanismos más simples de cumplimiento, aplicados de manera gradual desde comienzos del año.

La nueva modalidad, según se indicó, se basa tanto en la información que ya posee el organismo como en la que aporten contribuyentes y terceros, y se aplicará únicamente a quienes perciban rentas de fuente argentina en forma exclusiva.

Ámbito

4 septiembre 2025 0 comment
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País

ARCA modificó el procedimiento para embargos y ejecuciones fiscales

by adminweb 11 junio 2025
La nueva norma otorga un margen de tiempo claro y formalizado al contribuyente para que pueda regularizar su situación antes de que se proceda a un embargo.
Fotografía: Agencia Noticias Argentinas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los procedimientos de embargos y ejecuciones fiscales que busca precisar plazos y condiciones para estas actuaciones.

Esta adecuación se realizó a través de la Disposición 120/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La nueva norma otorga un margen de tiempo claro y formalizado al contribuyente para que pueda regularizar su situación antes de que se proceda a un embargo.

Una de las modificaciones más relevantes es que la medida cautelar solo podrá diligenciarse 48 horas después del vencimiento del plazo establecido para presentar excepciones.

Antes, la traba de embargo era inmediata tras la demanda, mientras que ahora se produce después de notificada la demanda de ejecución fiscal y tras esperar 48 horas post-vencimiento de excepciones.

Asimismo, se contempla una excepción para la traba anticipada de la medida. Esta posibilidad está disponible para el representante fiscal en casos donde la distancia entre la sede de emisión de la notificación y el domicilio del contribuyente exceda los 100 kilómetros, y siempre que se cuente con autorización judicial.

En esta situación excepcional, ARCA deberá notificar previamente al domicilio fiscal electrónico (DFE) del contribuyente el detalle de la deuda.

En la instancia de notificación al DFE en el marco de la excepción por traba anticipada, el contribuyente tendrá un plazo de cinco días para cancelar la deuda antes de que la medida se haga efectiva. Antes ese plazo no estaba especificado. A su vez, la notificación previa obligatoria, que antes no existía, ahora sí se aplica si se utiliza excepcionalmente la traba anticipada.

ARCA señaló que estas medidas se enmarcan en una serie de acciones que viene desarrollando el organismo para facilitar la regularización de deudas.

Noticias Argentinas

11 junio 2025 0 comment
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País

Compras con tarjeta en el exterior: ¿cuál es la información que empezará a pedir la ARCA?

by adminweb 12 marzo 2025
ARCA dispuso una medida que obliga a las administradoras de tarjetas de crédito y débito a informar datos claves para el organismo.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso modificaciones en el régimen de información que solicita sobre operaciones en el exterior realizadas con las tarjetas de crédito, débito y compras emitidas en el país. La medida se oficializó mediante la Resolución General 5662/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Pagos al exterior: cuáles son las modificaciones que establece ARCA

Las administradoras de tarjetas de crédito deberán informar datos precisos sobre los consumos en el exterior, incluyendo:

    • Número y marca de la tarjeta.
    • CUIT de la entidad emisora.
    • Fecha, país y moneda de la operación.
    • Monto en moneda extranjera y su equivalente en pesos.
    • Nombre, código de rubro y número de identificación del comercio.

Además, se requerirá la misma información para consumos efectuados por usuarios adicionales de las tarjetas y se especifica que la información debe basarse en el Merchant Category Code (MCC) utilizado por entidades de tarjetas a nivel internacional.

La nueva normativa regirá desde su publicación en el Boletín Oficial y se aplicará a los vencimientos a partir del 1 de julio de 2025. El objetivo de la norma, de acuerdo a ARCA es mejorar el control fiscal y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias.

Por el turismo al exterior, los gastos en dólares con tarjeta de crédito alcanzaron un máximo en enero

Según los últimos datos del Banco Central, los consumos en moneda extranjera con tarjeta de crédito alcanzaron los u$s862 millones en el último mes, marcando el valor más alto de la serie publicada por la entidad desde 2003.

Esta cifra representa un incremento del 72,7% respecto a diciembre y un 165% en comparación con el mismo período de 2024. El récord anterior se había registrado en febrero de 2018, durante el gobierno de Mauricio Macri, cuando los consumos en el exterior sumaron u$s838 millones.

Cabe recordar que en diciembre pasado se eliminó el impuesto PAIS, lo que redujo el costo del dólar tarjeta, aunque este aún mantiene una percepción del 30%, lo que lo hace menos competitivo frente al dólar MEP. En este contexto, la medida adoptada por ARCA se alinea con el fuerte crecimiento del gasto en el exterior registrado durante la temporada de verano.

Ámbito

12 marzo 2025 0 comment
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DestacadasPaís

ARCA, la ex AFIP, redujo la tasa de interés que se paga por impuestos atrasados

by adminweb 28 febrero 2025
La norma alcanza a las tasas de interés resarcitorias, punitorias y de devolución que deben pagar los contribuyentes y el fisco.

El Gobierno nacional redujo la tasa de interés para obligaciones fiscales en línea con la desaceleración inflacionaria. Las nuevas tasas fueron fijadas a través de la Resolución 199/2025 del Ministerio de Economía que se publicó hoy en el Boletín Oficial.

La norma alcanza a las tasas de interés resarcitorias, punitorias y de devolución que deben pagar los contribuyentes y el fisco.

La reducción de las tasas de interés será de aplicación para las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. Además, serán fijas, con el objetivo de garantizar un esquema más predecible para los contribuyentes, según indicó el Ministerio de Economía.

“La norma se dicta en el marco de la importante desaceleración de la tasa de inflación a partir de las medidas implementadas para ordenar la economía”, sostuvo el parte oficial.

De esta forma, la tasa de interés resarcitoria mensual en pesos actual pasará de 7,26% a 4%, la tasa punitoria mensual en pesos de 8,38% a 5% y la tasa de devolución mensual en pesos de 2,60% a 0,75%. Las tasas en dólares, fijas, no se modifican.

Por su parte, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) también actualizó la tasa de interés de financiación para planes de facilidades de pago. De esta manera, a partir del 1° de marzo de 2025, el monto será equivalente, en todos los casos, a la tasa de interés resarcitorio vigente de 4% fijada por el Ministerio de Economía.

Ámbito

28 febrero 2025 0 comment
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