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Monotributo: escalas actualizadas y cuánto hay que pagar este mes en ARCA antes de la actualización

by adminweb 8 junio 2026
La próxima actualización del Monotributo llegará en julio y tomará como referencia la inflación acumulada durante el primer semestre de 2026. Con los datos oficiales ya publicados por el INDEC y las proyecciones privadas para mayo y junio, el ajuste estimado ronda el 17,2%.

 Los monotributistas deberán abonar durante junio los valores actualmente vigentes del régimen simplificado, ya que la próxima actualización de las escalas todavía no entró en vigencia. Las categorías continúan calculándose sobre los parámetros establecidos a comienzos de año por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

El esquema actual contempla once categorías, desde la A hasta la K, con un tope máximo de facturación anual de $108.357.084,05 para permanecer dentro del Monotributo. Estos límites seguirán vigentes durante junio y también durante gran parte de julio, hasta que se oficialice la recategorización semestral.

ARCA: escalas vigentes del Monotributo en Argentina 

  • Categoría A: hasta $10.277.988,13
  • Categoría B: hasta $15.058.447,71
  • Categoría C: hasta $21.113.696,52
  • Categoría D: hasta $26.212.853,42
  • Categoría E: hasta $30.833.964,37
  • Categoría F: hasta $38.642.048,36
  • Categoría G: hasta $46.211.109,37
  • Categoría H: hasta $70.113.407,33
  • Categoría I: hasta $78.479.211,62
  • Categoría J: hasta $89.872.640,30
  • Categoría K: hasta $108.357.084,05

La próxima actualización del Monotributo llegará en julio y tomará como referencia la inflación acumulada durante el primer semestre de 2026. Con los datos oficiales ya publicados por el INDEC y las proyecciones privadas para mayo y junio, el ajuste estimado ronda el 17,2%.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la recategorización comenzará entre el 14 y el 15 de julio, aunque los nuevos parámetros no impactarán de inmediato en los pagos. Los valores actualizados empezarían a aplicarse recién en agosto.

Además de elevar los topes de facturación de cada categoría, la actualización también modificará las cuotas mensuales que pagan los contribuyentes adheridos al régimen simplificado. El porcentaje definitivo quedará confirmado cuando el INDEC publique el dato de inflación correspondiente a junio. 

Buenos Aires, 8 junio (NA) – #AgenciaNA 

8 junio 2026 0 comment
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DestacadasPaís

ARCA establece nuevos cambios en Ganancias

by adminweb 20 abril 2026
La norma incorpora las previsiones necesarias para los sujetos que elijan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada, según la Resolución General 5836/2026 publicada en el Boletín Oficial.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó la normativa para la determinación anual e ingreso del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país.

La norma incorpora las previsiones necesarias para los sujetos que elijan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada, según la Resolución General 5836/2026 publicada en el Boletín Oficial que procesó Agencia Noticias Argentinas.

Este régimen opcional se basa en las condiciones dispuestas por la Ley N° 27.799 y apunta a consolidar el sistema de Inocencia Fiscal por el cual el Gobierno nacional pretende que circulen ahorros de los residentes en el país.

Para ingresar a este mecanismo tributario, los contribuyentes deben realizar el trámite a través del servicio «Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado» en el sitio web del organismo. Para acceder al sistema es necesario contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.

Bajo este sistema, el organismo “pondrá a disposición la información obrante en sus sistemas, así como aquella suministrada por responsables y/o terceros”.

Los usuarios pueden revisar la información precargada antes de enviarla.

Los responsables “podrán efectuar los ajustes, modificaciones, incorporaciones y/o eliminaciones que consideren pertinentes” y luego deberán confirmar la presentación.

La normativa también aclara el procedimiento para corregir datos ya presentados.

El texto establece que “la presentación de declaraciones juradas rectificativas deberá efectuarse a través del régimen general o del régimen simplificado, según corresponda”.

Buenos Aires, 20 abril (NA) –  #AgenciaNA 

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DestacadasPaís

ARCA: renunció Juan Pazo y Andrés Vázquez es el nuevo jefe de la ex AFIP

by adminweb 16 diciembre 2025
El decreto 890/2025, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía Luis Caputo, acepta las renuncias de Pazo al cargo de Director Ejecutivo de ARCA y de Vázquez a la Dirección General Impositiva (DGI), ambas con efecto desde el 18 de diciembre.
Juan Pazo renunció al cargo de Director Ejecutivo de ARCA. Foto: Agencia NA

El licenciado Andrés Vázquez asumirá como nuevo Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a partir del próximo jueves 18 de diciembre, en reemplazo de Juan Alberto Pazo, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

El decreto 890/2025, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía Luis Caputo, acepta las renuncias de Pazo al cargo de Director Ejecutivo de ARCA y de Vázquez a la Dirección General Impositiva (DGI), ambas con efecto desde el 18 de diciembre.

En el mismo acto administrativo se formaliza la designación de Vázquez como nuevo titular del organismo recaudador, para completar un período de ley. La norma agradece a los funcionarios renunciantes por los servicios prestados en el desempeño de sus respectivos cargos.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el cambio en la dirección ejecutiva apunta a asegurar la continuidad institucional del organismo en las tareas de recaudación, fiscalización y control aduanero en todo el país.

ARCA es el ente autárquico que funciona en la órbita del Ministerio de Economía y tiene a su cargo la recaudación de impuestos nacionales y el control aduanero. Vázquez venía desempeñándose como Director General de la DGI desde la creación de ARCA en reemplazo de la ex AFIP.

El recambio en la conducción del organismo recaudador se produce en el cierre del año fiscal y a pocos días de las fiestas de fin de año, período de alta actividad tanto en materia impositiva como de comercio exterior. 

#AgenciaNA  Buenos Aires, 16 diciembre (NA) – __IP__

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País

ARCA: los monotributistas que tendrán que pagar mucho más de $100.000 de impuestos

by adminweb 10 diciembre 2025
Se confirmó que desde febrero de 2026 los valores vigentes volverán a modificarse, ya que estos montos se actualizan según la variación del Índice de Precios al Consumidor.

Ya se pueden revisar desde la app o el sitio web de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) los nuevos importes y los plazos para abonar la cuota del monotributo, correspondiente a diciembre de 2025. Quienes estén dentro del régimen tienen que confirmar que sus ingresos y la categoría vigente estén alineados antes de efectuar el pago.

Además, se confirmó que desde febrero de 2026 los valores vigentes volverán a modificarse, ya que estos montos se actualizan según la variación del Índice de Precios al Consumidor.

Escalas vigentes del monotributo en diciembre 2025

  •  Categoría A: $8.992.597,87
  • Categoría B: $13.175.201,52
  • Categoría C: $18.473.166,15
  • Categoría D: $22.934.610,05
  • Categoría E: $26.977.793,60
  • Categoría F: $33.809.379,57
  • Categoría G: $40.431.835,35
  • Categoría H: $61.344.853,64
  • Categoría I: $68.664.410,05
  • Categoría J: $78.632.948,76
  • Categoría K: $94.805.682,90

Cuánto hay que pagar de monotributo en diciembre 2025

Durante diciembre, los contribuyentes deberán afrontar los montos del monotributo correspondientes a su categoría y al tipo de actividad que desarrollen. Cada cuota contempla el impuesto integrado, los aportes previsionales y la obra social, por lo que es importante abonar el total antes de la fecha límite para evitar intereses:

  • Categoría A: $37.085,74
  • Categoría B: $42.216,41
  • Categoría C: $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (comercio)
  • Categoría D: $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (comercio)
  • Categoría E: $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (comercio)
  • Categoría F: $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (comercio)
  • Categoría G: $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (comercio)
  • Categoría H: $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (comercio)
  • Categoría I: $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (comercio)
  • Categoría J: $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (comercio)
  • Categoría K: $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (comercio)

Fuente Minuto Uno

10 diciembre 2025 0 comment
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DestacadasPaís

ARCA actualizó el régimen para calcular el IVA para ventas y servicios operados a través de plataformas digitales

by adminweb 2 diciembre 2025
El texto, firmado por el director ejecutivo Juan Alberto Pazo, entra en vigencia este 1° de diciembre de 2025 y se aplicará para todas las operaciones electrónicas concertadas o perfeccionadas a partir de esa fecha.
Depositphotos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este martes en el Boletín Oficial la Resolución General 5794/2025, que introduce modificaciones al régimen especial de ingreso del IVA aplicable a operaciones de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios concertadas electrónicamente mediante “plataformas digitales”, regulado originalmente por la Resolución General 5319.

El organismo resolvió actualizar los importes y parámetros de habitualidad utilizados para determinar qué contribuyentes quedan alcanzados por el sistema de percepciones, con el objetivo de “recuperar su condición de parámetros representativos” y aportar mayor claridad normativa. La actualización se aplica a operaciones de residentes en el país -personas humanas, jurídicas y sucesiones indivisas- que vendan bienes no registrables o presten servicios a través de plataformas.

La nueva redacción del artículo 3° redefine las situaciones en las que los contribuyentes serán considerados “sujetos no categorizados”, incorporando umbrales concretos: 10 operaciones y un monto mensual igual o superior a $750.000, o bien 4 operaciones por mes en un cuatrimestre con un total también equivalente al parámetro establecido. Para bienes usados de uso personal, el tope se eleva a $1.500.000.

Cómo se aplicará el régimen de percepciones

La resolución también establece que el régimen se perfecciona en el momento del cobro total o parcial de la comisión por intermediación y determina que los sujetos no categorizados quedarán en ese estado desde el mes siguiente al que se verifique la habitualidad, hasta que acrediten su inscripción en IVA o su adhesión al Régimen Simplificado, o bien cesen las condiciones que los incluyen.

En el caso de las plataformas, la norma dispone que deberán asegurar la identificación obligatoria de los usuarios mediante CUIT, CUIL o CDI para poder aplicar correctamente las percepciones.

Desde cuándo rigen los cambios publicados por ARCA

El texto, firmado por el director ejecutivo Juan Alberto Pazo, entra en vigencia este 1° de diciembre de 2025 y se aplicará para todas las operaciones electrónicas concertadas o perfeccionadas a partir de esa fecha.

Fuente: Ámbito

2 diciembre 2025 0 comment
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País

ARCA: lo que deberán pagar los monotributistas según cada categoría

by adminweb 19 noviembre 2025
ARCA publicó los montos actualizados para este mes y también confirmó el tope de facturación que debe respetar cada contribuyente.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos que estarán vigentes durante noviembre de 2025 para todas las categorías del Monotributo, y además informó cuáles serán los nuevos límites de facturación para cada contribuyente.

El monto que deberá pagar cada monotributista según su categoría

  •  Categoría A: Impuesto integrado $4.182,60 | Aporte previsional $13.663,17 | Obra social $19.239,97 | Total $37.085,74
  • Categoría B: Impuesto integrado $7.946,95 | Aporte previsional $15.029,49 | Obra social $19.239,97 | Total $42.216,41
  • Categoría C: Impuesto integrado $13.663,17 (servicios) / $12.547,81 (bienes) | Aporte previsional $16.532,44 | Obra social $19.239,97 | Total $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (bienes)
  • Categoría D: Impuesto integrado $22.307,22 (servicios) / $20.773,60 (bienes) | Aporte previsional $18.185,68 | Obra social $22.864,90 | Total $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (bienes)
  • Categoría E: Impuesto integrado $41.826,04 (servicios) / $33.181,99 (bienes) | Aporte previsional $20.004,25 | Obra social $27.884,02 | Total $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (bienes)
  • Categoría F: Impuesto integrado $58.835,29 (servicios) / $43.220,24 (bienes) | Aporte previsional $22.004,67 | Obra social $32.066,63 | Total $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (bienes)
  • Categoría G: Impuesto integrado $107.074,65 (servicios) / $53.537,32 (bienes) | Aporte previsional $30.806,54 | Obra social $34.576,19 | Total $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (bienes)
  • Categoría H: Impuesto integrado $306.724,27 (servicios) / $153.362,13 (bienes) | Aporte previsional $43.129,16 | Obra social $41.547,19 | Total $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (bienes)
  • Categoría I: Impuesto integrado $609.963,03 (servicios) / $243.985,21 (bienes) | Aporte previsional $60.380,82 | Obra social $51.306,61 | Total $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (bienes)
  • Categoría J: Impuesto integrado $731.955,63 (servicios) / $292.782,26 (bienes) | Aporte previsional $84.533,15 | Obra social $57.580,51 | Total $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (bienes)
  • Categoría K: Impuesto integrado $1.024.737,89 (servicios) / $341.579,30 (bienes) | Aporte previsional $118.346,41 | Obra social $65.806,30 | Total $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (bienes)

Los valores para cada categoría de monotributo

Si estos límites se superan, corresponde una recategorización obligatoria, prevista para febrero de 2026, cuando ARCA también podría pedir información extra:

  • Categoría A: $8.992.597,87
  • Categoría B: $13.175.201,52
  • Categoría C: $18.473.166,15
  • Categoría D: $22.934.610,05
  • Categoría E: $26.977.793,60
  • Categoría F: $33.809.379,57
  • Categoría G: $40.431.835,35
  • Categoría H: $61.344.853,64
  • Categoría I: $68.664.410,05
  • Categoría J: $78.632.948,76
  • Categoría K: $94.805.682,90

M1

19 noviembre 2025 0 comment
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País

ARCA derogó el régimen que obligaba a informar operaciones entre residentes y no residentes

by adminweb 4 septiembre 2025
La decisión rige desde septiembre y busca reducir trámites y cargas administrativas.

El Gobierno nacional resolvió eliminar un régimen de información que obligaba a declarar todo tipo de operaciones económicas, incluso aquellas gratuitas, entre residentes argentinos y personas o entidades extranjeras. La medida alcanza a dos resoluciones que habían sido dictadas en 2012.

En el marco del proceso de simplificación normativa dispuesto por el Poder Ejecutivo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) derogó las Resoluciones Generales N° 3.285 y 3.364. La decisión fue formalizada a través de la Resolución General N° 5752/2025, publicada en el Boletín Oficial.

Los cambios de ARCA sobre el régimen de información de operaciones económicas

El organismo precisó que la derogación se establece “sin perjuicio de su aplicación a los hechos acaecidos durante sus respectivas vigencias”, y que comenzará a regir desde el 1° de septiembre de 2025.

La Resolución General 3.285 había establecido la obligación de informar “toda operación económica, cualquiera sea su naturaleza, aun a título gratuito, concertada entre residentes en el país y quienes actúen en carácter de representantes de sujetos o entes del exterior”.

Esa obligación recaía sobre los representantes locales de compañías extranjeras y también sobre prestadores de servicios como escribanos, bancos, mercados de valores, aseguradoras o casas de cambio, entre otros.

La Resolución General 3.364, en tanto, había introducido modificaciones al régimen previo, fijando nuevos plazos para el suministro de información y herramientas para facilitar la carga virtual de los datos requeridos.

Según indicó la ARCA, la decisión de derogar estas normativas responde a lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 353 del 22 de mayo de 2025, que ordenó revisar y simplificar los regímenes de información y fiscalización a cargo del organismo.

El objetivo declarado es avanzar hacia una administración pública más ágil y orientada al ciudadano, reduciendo la carga administrativa y facilitando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Tras evaluar la aplicación práctica de las resoluciones, la Agencia consideró que resultaba conveniente suprimir el régimen, en línea con las metas de simplificación y desregulación impulsadas por el Poder Ejecutivo.

“Dispónese la simplificación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y en la adquisición de bienes, en el marco de los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas actualmente vigentes, de conformidad con los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina”, recordaron desde el Gobierno al fundamentar la iniciativa.

En ese proceso, ARCA fue facultada a instrumentar mecanismos más simples de cumplimiento, aplicados de manera gradual desde comienzos del año.

La nueva modalidad, según se indicó, se basa tanto en la información que ya posee el organismo como en la que aporten contribuyentes y terceros, y se aplicará únicamente a quienes perciban rentas de fuente argentina en forma exclusiva.

Ámbito

4 septiembre 2025 0 comment
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País

ARCA modificó el procedimiento para embargos y ejecuciones fiscales

by adminweb 11 junio 2025
La nueva norma otorga un margen de tiempo claro y formalizado al contribuyente para que pueda regularizar su situación antes de que se proceda a un embargo.
Fotografía: Agencia Noticias Argentinas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los procedimientos de embargos y ejecuciones fiscales que busca precisar plazos y condiciones para estas actuaciones.

Esta adecuación se realizó a través de la Disposición 120/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La nueva norma otorga un margen de tiempo claro y formalizado al contribuyente para que pueda regularizar su situación antes de que se proceda a un embargo.

Una de las modificaciones más relevantes es que la medida cautelar solo podrá diligenciarse 48 horas después del vencimiento del plazo establecido para presentar excepciones.

Antes, la traba de embargo era inmediata tras la demanda, mientras que ahora se produce después de notificada la demanda de ejecución fiscal y tras esperar 48 horas post-vencimiento de excepciones.

Asimismo, se contempla una excepción para la traba anticipada de la medida. Esta posibilidad está disponible para el representante fiscal en casos donde la distancia entre la sede de emisión de la notificación y el domicilio del contribuyente exceda los 100 kilómetros, y siempre que se cuente con autorización judicial.

En esta situación excepcional, ARCA deberá notificar previamente al domicilio fiscal electrónico (DFE) del contribuyente el detalle de la deuda.

En la instancia de notificación al DFE en el marco de la excepción por traba anticipada, el contribuyente tendrá un plazo de cinco días para cancelar la deuda antes de que la medida se haga efectiva. Antes ese plazo no estaba especificado. A su vez, la notificación previa obligatoria, que antes no existía, ahora sí se aplica si se utiliza excepcionalmente la traba anticipada.

ARCA señaló que estas medidas se enmarcan en una serie de acciones que viene desarrollando el organismo para facilitar la regularización de deudas.

Noticias Argentinas

11 junio 2025 0 comment
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