La medida comenzó a regir tras la publicación de la Resolución 6/2024.
La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), junto al Ministerio de Salud, oficializó la suba del 2% del valor de los aranceles de los beneficios incluidos al Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.
Además, a través de la Resolución 6/2024, publicada en el Boletín Oficial, hizo oficial el aumento del 20% sobre el arancel básico por zona desfavorable, que se aplica a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.
Según el texto oficial, la decisión se tomó debido a «la necesidad de readecuar los aranceles del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad«. Por esa razón, el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral «propuso la modificación de dicho Nomenclador con el objeto de conferir una actualización.
De esta manera, la ANDIS determinó: «Establécese una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad de un DOS POR CIENTO (2%) para todas las prestaciones, a partir del 1° de julio 2024, de acuerdo con el Anexo identificado como IF-2024-85829396-APN-DNPYRS#AND que forma parte integrante de la presente».
Asimismo, dispuso: «Reconócese un adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) sobre el arancel básico por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica».
El Gobierno estableció nuevos cambios en el Certificado Único de Discapacidad
A través de la Resolución 1645/2024, el Gobierno estableció cambios para los criterios de emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento.
En marzo del año pasado, el Gobierno de Alberto Fernández confirmó que los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) comenzarían a expedirse sin vencimiento pero que la implementación sería “progresiva, gradual y en etapas”. En la Resolución 322/2023, se determinó: «Establézcase que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan».
Esa normativa dejó de tener efecto debido a que “los lineamientos aplicables al proceso de certificación y acompañamiento de las personas con discapacidad no han sido cumplidos ni implementados en las etapas y plazos establecidos, lo que deriva en inaplicable y obsoleto dicho acto administrativo con la promulgación de la ley N° 27.711”.
En este sentido, la gestión de Javier Milei consideró que «corresponde aprobar los criterios en los que en la evaluación y valoración de la discapacidad se deba emitir un CUD sin vencimiento«.
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