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Obras sociales

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Monotributistas: el gobierno de Javier Milei crea un registro de obras sociales

by adminweb 28 octubre 2024
El Gobierno justificó la medida como «crucial» para mejorar la transparencia «y la gestión del acceso a la cobertura médico asistencial de los Pequeños Contribuyentes».

A través del Decreto 955/2024, el Poder Ejecutivo estableció la creación de un nuevo registro de obras sociales que brindarán cobertura de salud a los monotributistas, que estará bajo la supervisión de la Superintendencia de Servicios de Salud y será obligatorio para todas las entidades que quieran afiliar a pequeños contribuyentes.

El Gobierno justificó la medida como «crucial» para mejorar la transparencia «y la gestión del acceso a la cobertura médico asistencial de los Pequeños Contribuyentes».

Los pequeños contribuyentes podrán elegir su agente de salud siempre que esté inscripto en el nuevo registro. Además, deberán mantener una permanencia mínima de 1 año con el agente elegido antes de poder optar por un cambio, el cual se hará efectivo al mes siguiente de la solicitud. Según informó Ámbito.

A su vez, el decreto establece un acceso progresivo a la cobertura de salud con el Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE). Así los contribuyentes y sus familiares adheridos acceden a niveles adicionales de cobertura a los seis meses de afiliación, incluyendo servicios subsidiados por el Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades (SURGE), lo que asegura una atención médica integral.

ANSES confirmó un importante cambio en los descuentos de las obras sociales

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) informó que se limitarán los descuentos que las obras sociales y empresas de medicina prepaga pueden aplicar sobre los haberes de los beneficiarios.

La medida se anunció a través de la Resolución 970/2024 publicada en el Boletín Oficial, lo que significa un cambio importante en la gestión de la salud de los titulares de diferentes prestaciones.

A partir del 1 de diciembre, cualquier entidad que ofrezca un plan de salud financiados por fondos de la seguridad social deberán inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS).

De esta forma, se busca instalar este nuevo sistema de autorización, con el objetivo de facilitar la gestión y de permitir a los beneficiarios consentir, de manera virtual o presencial, los descuentos adicionales. Además, las entidades que deseen participar tienen que mostrar que cuentan con seguros de responsabilidad civil y de caución.

Esta nueva medida incluye un tope para descuentos de las obras sociales. Es así que ANSES definirán u doble límite, tanto en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) como un porcentaje fijo del haber mínimo, en busca de que el aumento sea justo.

28 octubre 2024 0 comment
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DestacadasPaís

El Gobierno habilitó a las prepagas y obras sociales a fijar libremente los precios de los coseguros

by adminweb 24 junio 2024
El documento oficial argumentó que la decisión está vinculada “con el objetivo de garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud, asegurando al mismo tiempo que los usuarios conozcan claramente qué servicios pueden requerir un costo adicional”.

El Gobierno dispuso habilitar a las prepagas y obras sociales a fijar libremente los precios de los coseguros, que actualmente eran estipulados por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), mediante la Resolución 1926/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La normativa determinó dejar “sin efecto los aranceles vigentes en concepto de coseguros establecidos para las prestaciones médico-asistenciales contempladas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y sus normas complementarias, que no se encontraren exentas conforme el marco normativo vigente; los que podrán ser fijados libremente por parte de las entidades”.

El documento oficial argumentó que la decisión está vinculada “con el objetivo de garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud, asegurando al mismo tiempo que los usuarios conozcan claramente qué servicios pueden requerir un costo adicional”.

De esta manera, los Agentes del Seguro de Salud y las entidades de medicina prepaga “podrán fijar libremente los valores de los coseguros de las distintas prestaciones médicas comprendidas”, lo que “permitirá más y mejor oferta para los beneficiarios”,  según precisó el Ejecutivo.

En ese sentido, puntualizó que la nueva normativa no incide en el sistema público y aseguró que “estos cambios impulsan la libre competencia entre los Agentes del Sistema del Seguro de Salud y que los beneficiarios elijan con mayor libertad”.  

La medida impacta en todas las prestaciones médicas menos las que ya estaban exceptuadas, que son las vinculadas a tratamientos oncológicos, discapacidad, plan materno infantil, y las previstas en las normativas para el tratamiento de Hepatitis, VIH y transmisibles, y de las comprendidas por el Sistema Nacional de Protección de Trasplantados. Según informó NA.

Asimismo, la resolución dispone que los valores de los coseguros asociados a cada prestación médica deberán “ser debida y fehacientemente informados a los beneficiarios con 30 días de antelación y, además, serán publicados en la página web de la Superintendencia de Servicios de Salud”.

La decisión supone una nueva desregulación del sector sanitario, que con el comienzo de la administración de Javier Milei había tenido la liberación de los precios en las cuotas de la medicina prepaga y que tras los aumentos desmedidos, requirió de una cautelar para limitar el alcance de las subas. Sin embargo, la misma quedó sin efecto tras el acuerdo con las empresas sobre un plan de reintegro, por lo que se volvió a permitir ajustes sin restricciones.

Al respecto, en los considerandos de la resolución se recordó que por el DNU 70/2023 “se propició liberar las restricciones a los valores de las cuotas de los planes de salud del subsistema de medicina prepaga para aumentar la competitividad del Subsistema de Salud” y aclaró que la liberación en el precio de los copagos también responde al citado decreto.

24 junio 2024 0 comment
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País

El Gobierno recortó por decreto un subsidio a las obras sociales

by adminweb 25 abril 2024
El Gobierno dispuso reducir el monto sobre el que se calcula el Subsidio de Mitigación de Asimetrías (SUMA) que perciben las obras sociales.

El Gobierno de Javier Milei dispuso en la medianoche de este jueves modificar por decreto el Subsidio de Mitigación de Asimetrías (SUMA) que reciben las obras sociales. A partir de ahora, el monto se calculará sobre el 3% de los aportes y contribuciones.

La medida publicada esta noche en el Boletín Oficial reforma el artículo 2 del decreto 1609 sancionado el 5 de septiembre de 2012 durante la segunda presidencia de Cristina Fernández de Kirchner.

Hasta ahora, el decreto disponía que «Un VEINTE POR CIENTO (20%) del total del CINCO POR CIENTO (5%) de la recaudación mensual correspondiente a los aportes y contribuciones que establecen los incisos a) y b) del artículo 16 de la Ley N° 23.660, se distribuirá en partes iguales a todos los Agentes con más de CINCO MIL (5.000) afiliados».

Además, señalaba que «Un OCHENTA POR CIENTO (80%) del total del CINCO POR CIENTO (5%) de la recaudación mensual correspondiente a los aportes y contribuciones que establecen los incisos a) y b) del artículo 16 de la Ley N° 23.660, se distribuirá en forma directamente proporcional al número de afiliados de cada Agente».

En tanto que también remarcaba que los Agentes de menos de cinco mil afiliados que tuvieran un ingreso mensual promedio por afiliado «inferior al ingreso mensual promedio por afiliado de todo el sistema», estaban habilitados a recibir «una compensación económica mensual que le permita alcanzar el ingreso promedio mensual por afiliado de todo el sistema».

Sin embargo, el artículo 1 del decreto 355/24 publicado este jueves por la noche sustituye lo expresado anteriormente por un nuevo artículo 2 que señala:

  • «El SUBSIDIO DE MITIGACIÓN DE ASIMETRÍAS (SUMA) será distribuido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), en forma automática y a mes vencido, entre los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud. El TRES POR CIENTO (3 %) de la recaudación mensual correspondiente a los aportes y contribuciones que establecen los incisos a) y b) del artículo 16 de la Ley Nº 23.660 se distribuirá en forma directamente proporcional al número de afiliados de cada Agente”.

Al mismo tiempo, deroga el artículo 3° de la normativa sancionada en 2012 y que señalaba lo siguiente: «El monto del subsidio que reciban los Agentes de más de CINCUENTA MIL (50.000) afiliados no podrá ser menor al UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5%) del total de su recaudación, correspondiente a los aportes y contribuciones que establecen los incisos a) y b) del artículo 16 de la Ley N° 23.660, ni superior al OCHO Y MEDIO POR CIENTO (8,5%) de la misma».

Ámbito

25 abril 2024 0 comment
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