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Dióxido de cloro: la Sociedad Argentina de Infectología denunció al juez

by adminweb 13 enero 2021
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La denuncia fue presentada ante el Consejo de la Magistratura contra el juez que autorizó la prescripción de dióxido de cloro a un paciente con coronavirus.

La Sociedad Argentina de Infectología (SADI) en conjunto con otras asociaciones científicas presentaron formalmente la denuncia contra el juez Federal Subrogante Javier Pico Terrero por haber abalado la administración de dióxido de cloro a un paciente de 92 años en el Sanatorio Otamendi.

En la denuncia presentada este miércoles mencionan que “el magistrado denunciado, con tan solo una receta formulada por un médico que se presenta como especialista en neurocirugía, resuelve obligar a la institución donde se encuentra internado el paciente, a arbitrar los medios conducentes para la implementación del tratamiento indicado, consistente en una sustancia altamente tóxica para la salud”.

Y agregan que “el mencionado médico no solo no es especialista en neurocirugía” sino que aunque lo fuera, el juez “debería haber advertido que dicha especialidad médica se encuentra lejos de su ámbito de competencia la indicación de una formulación para el tratamiento de una enfermedad infecciosa” como el coronavirus.

SADI expresa en su denuncia que “el tratamiento indicado, en particular la administración de Dióxido de Cloro, no solo no se encuentra autorizado o registrado su uso por la ANMAT sino que, por el contrario, desde agosto del año 2020 se encuentra expresamente desaconsejado su uso por la multiplicidad de eventos adversos”.

“La propia Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha advertido que la ingesta de dióxido de cloro y el clorito de sodio reaccionan rápidamente en los tejidos humanos y si se ingieren, pueden causar irritación en el esófago y estómago, dolor abdominal, náuseas, vómitos, diarrea e intoxicaciones severas, entre otras complicaciones que pueden incluir graves trastornos hematológicos, cardiovasculares y renales”, advierten.

Describen que las indicaciones del médico se realizaron “con palmaria negligencia, impericia, imprudencia e inobservancia de las normas que regular el ejercicio profesional”.

Agregan, además, que el desempeño del Juez Pico Terrero fue “apresurado y negligente” y que omitió consultar a organismos correspondientes como el Cuerpo Médico Forense o las sociedades científicas.

“Incluso una rápida consulta en cualquier buscador de internet habría permitido al Magistrado conocer los peligros y advertencias que instituciones como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnologías (ANMAT), han hecho” sobre la administración de dióxido de cloro en pacientes con coronavirus.

“En nuestro carácter de representantes de distintas asociaciones científicas comprometidas con la salud pública y colectiva, es que solicitamos por las razones de hecho y de derecho señaladas se proceda a juzgar la actuación del Juez Javier Pico Terrero, y en el momento procesal oportuno se impongan las máximas sanciones previstas para el caso denunciado”, finaliza la denuncia.

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