Las medidas fueron formalizadas a través de las disposiciones 227/2026, 228/2026, 230/2026, 232/2026 y 234/2026, publicadas en el Boletín Oficial, y alcanzan a las firmas Shine Hair, Zentidos, Química C.E.A., Química El Regreso S. R. L. y Mumytalooks.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de comercialización y distribución de una serie de productos para el cuidado del cabello y perfumes artesanales, elaborados por cinco empresas, al constatar que no estaban debidamente inscriptos en los registros oficiales.
Las medidas fueron formalizadas a través de las disposiciones 227/2026, 228/2026, 230/2026, 232/2026 y 234/2026, publicadas en el Boletín Oficial, y alcanzan a las firmas Shine Hair, Zentidos, Química C.E.A., Química El Regreso S. R. L. y Mumytalooks.
Productos capilares sin habilitación
En el caso de Shine Hair, la ANMAT prohibió todos los productos de la marca que contenían, entre otros, biotina, células madre vegetales, nutriplex hialurónico, keratina líquida, botox con biotina, además de shampoos y acondicionadores extra ácidos y con argán. Según se indicó, ninguno de estos artículos contaba con la inscripción sanitaria obligatoria.
Desde el organismo explicaron que, tras consultar la base de datos oficial, no se encontraron cosméticos registrados cuyos datos coincidieran con los consignados en el rotulado, lo que motivó la sanción.
Una situación similar se detectó con Mumytalooks, que comercializaba productos para el cuidado capilar sin inscripción en el Registro Nacional de Cosméticos. En particular, el caso del “Shampoo Plex Premium” presentó rotulado engañoso, ya que el laboratorio declarado como fabricante había sido dado de baja años atrás y no posee habilitación vigente.
Perfumes artesanales bajo la lupa
La prohibición también alcanzó a los perfumes artesanales y de autor de la marca Zentidos, cuyos productos no estaban inscriptos y carecían de datos identificatorios esenciales, como el lugar de elaboración. Además, se constató que se ofrecían a la venta a través de Instagram, sitios web y plataformas de comercio electrónico con envíos.
Las autoridades alertaron que estos productos podrían contener formol, sustancia que puede provocar irritación en la piel y los ojos, ardor, picazón, problemas respiratorios y otras alteraciones severas.
La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sostuvo que la falta de inscripción impide conocer la eficacia, seguridad, formulación y fecha de vencimiento de los productos, por lo que su uso representa un riesgo potencial para los consumidores. Por ese motivo, recomendó su prohibición total.
Otras empresas sancionadas
La ANMAT también adoptó medidas contra Química C.E.A., que no contaba con inscripción formal ante el organismo, y contra Química El Regreso S. R. L., que elaboraba y comercializaba un jabón líquido higienizante marca “Plus” sin habilitación para su producción ni registro del producto.
Como parte de la sanción, se ordenó dar de baja todas las publicaciones en internet que ofrecían este sanitizante, con el objetivo de evitar su circulación en el mercado.
A la vez, se prohibió el uso, comercialización y publicidad del producto cosmético «Escudo reparador de caries ODONTIC», marca «NUDENTA», dado que el producto no cuenta con inscripción sanitaria, lo que implica que no se puede garantizar su eficacia y seguridad.
En igual sentido, el organismo se pronunció contra la comercialización y distribución de desfibriladores externos automáticos (DEA) marca YUWELL, modelo HeartSave YA1, con números de serie HSYA125501149 y HSYA125501145. La medida se adoptó tras el robo de los dispositivos, que estaban instalados en estaciones de subterráneo, y busca proteger a los usuarios y adquirentes potenciales, dado que se desconoce el estado de los equipos.
Fuente Ámbito
