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Reforma laboral

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Federico Sturzenegger explicó los cambios de la reforma laboral: «Habrá libertad de elección»

by adminweb 26 septiembre 2024
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado contó el camino para llegar a la actual reforma laboral que generó tensión con los sindicatos.
Télam

Federico Sturzenegger, a cargo de crear los capítulos de la reforma laboral, habló sobre la reglamentación oficializada mediante el Boletín Oficial.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, explicó algunos cambios generales e hizo hincapié en una condición que tendrá siempre a su favor el trabajador: “Libertad de elección”.

En una reciente entrevista, Sturzenegger explicó que lo que hizo el Ejecutivo fue “crear un sistema, aprobado por el Congreso, que permite a las partes decidir libremente cómo diseñar las condiciones laborales”. “Les damos libertad para que decidan la reforma laboral como quieran, con una sola condición: si al trabajador no le gusta, puede quedarse con la Ley 2744, la ley actual de indemnización”, relató.

En ese sentido, agregó en diálogo con TN: “Y si a la empresa no le gusta, entonces no entra en el nuevo sistema. Con eso, garantizamos que, tanto empresarios como trabajadores, verán que estarán mejor”.

Cuáles son los cambios que establece la reforma laboral

El apartado publicado el miércoles a la noche incluye cambios en las indemnizaciones fue uno de los más importantes y el que requirió de mayores negociaciones, dado que agrega la posibilidad de crear por convenio un “sistema de cese” que reemplace al actual.

Además aclaró que todos los cambios que se realicen estarán amparados en “la protección colectiva”. “No se hará nada que no tenga protección colectiva. Y si al trabajador no le gusta el nuevo sistema, se queda con la protección por despido. Nunca el sistema que se diseñe puede ser perjudicial para el trabajador, y si lo fuera, simplemente no lo aceptaría”, insistió el ministro.

Sturzenegger sostuvo que todo el marco regulatorio fue parte de un “trabajo colectivo”. “Los ministros, los empresarios, la CGT, todos participaron, no solo cuando se aprobó la Ley de Bases, sino también en la reglamentación”.

“Cuando comenzamos este camino de la reforma, lo que dijo Milei fue que, a lo largo de la historia, las reformas siempre parecían ser para empresarios o para trabajadores. Me dijo que si no podíamos hacer una reforma que beneficiara tanto a empresarios como a trabajadores, era mejor no hacer nada”, dijo y añadió: “Salgamos de la grieta de que la reforma es para unos o para otros. Además, se pueden crear diferentes sistemas por provincias o por empresas”.

Ámbito

26 septiembre 2024 0 comment
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Destacadas

El Gobierno reglamentó la reforma laboral

by adminweb 26 septiembre 2024
Apunta a promover el incremento del empleo registrado.
 reforma laboral. Fotografía: Agencia Noticias Argentinas / Archivo.

Un blanqueo de impuestos al trabajo, mayores facilidades para la contratación de empleados 
independientes y la posibilidad de acordar alternativas para el cese laboral que conformen tanto a los trabajadores como a las empresas forman parte de la reglamentación de la reforma laboral 
que dio conocer esta noche el gobierno.

A través del decreto 847/2024 el Ejecutivo señaló que «el profundo cambio generará más oportunidades para el empleo registrado en el sector privado a través de la flexibilización de una serie de condiciones».

Se refirió específicamente a un blanqueo de impuestos al trabajo, mayores facilidades para la contratación de empleados independientes y la posibilidad de acordar alternativas para el cese laboral que conforme a ambas partes.

Según el gobierno, el blanqueo es una herramienta que va a permitir enfrentar un  problema del mercado laboral, como el alto nivel de informalidad. Y entre los beneficios se destacan la 
condonación de al menos 70 por ciento de la deuda por capital e intereses de los aportes y contribuciones patronales.

La condonación es mayor para las MIPYMES: o 90 por ciento para micro, pequeñas empresas y las organizaciones sin fines de lucro o bien  80 por ciento para medianas.

También se realizará la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y habrá un reconocimiento de hasta 60 meses de servicio a los trabajadores para el mínimo de años requeridos para el sistema jubilatorio.

Además, la reglamentación del sistema de cese tiene como principio básico la libertad de las partes, ya que genera un mecanismo que garantiza que solo pueda implementarse el sistema de cese acordado si tanto el trabajador como el empresario consideran que van a estar beneficiados en este nuevo sistema.

A partir de la reglamentación, los sindicatos y la patronal van a poder negociar, en el marco del convenio colectivo, un sistema de cese laboral que reemplace a la indemnización actual.

El cese será de «mutuo acuerdo y no se puede imponer» a ninguna de las partes, y se podrá implementar en tres formatos: Sistema de Cancelación Individual; Sistema de Fondo de Cese individual o colectivo y Sistema de Seguro individual o colectivo.

En el primero de ellos, el Sistema de Cancelación Individual, no se requiere la creación de un fondo o cuenta bancaria ya se trata de un pago directo del empleador y también se pueden definir las modalidades, plazos, montos o porcentajes de los pagos que deban abonarse al trabajador.

En el Sistema de Fondo de Cese individual o colectivo se realizan aportes mensuales que se van acumulando para ejecutarse ante las situaciones y circunstancias de cese laboral que acuerden en el convenio colectivo.

Además, las partes definirán un porcentaje de la remuneración o monto fijo que aportará el empleador para dicha cuenta individual o colectiva y la periodicidad de ese aporte. También podrán pactar libremente los montos que serán pagados en cada caso y las características para dichos pagos.

En el Sistema de Seguro individual o colectivo se podrá conformar un seguro de cese laboral con las aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

Para los trabajadores independientes se establece que el régimen creado por la Ley Bases se implementa mediante la figura del monotributo. Todos los empleados en esa modalidad deberán prestar una declaración jurada ante la AFIP, no podrán tener más de tres trabajos en forma simultánea.

Con respecto a la simplificación laboral, la reglamentación busca simplificar el proceso de registración laboral para fomentar la formalidad. Para ello establece que el contrato de trabajo se 
considerará registrado cuando se hubiese inscripto al trabajador en los sistemas de la AFIP; independientemente de quien lo registre (empresa usuaria o empleador).

Acerca de la Presunción de contratos de servicios, la Ley Bases invierte la presunción de contrato de trabajo cuando se ejecutan obras o prestar servicios.

A partir de la Ley Bases si en la contratación de obras o de servicios profesionales se emiten los recibos o facturas correspondientes no se presume que haya un contrato de trabajo. A su vez, la reglamentación establece que este supuesto se aplicará más allá de la cantidad de facturas o recibos emitidos.

Con respecto a la Solidaridad, el artículo 92 de Ley Bases le permite a la empresa principal retener parte de los pagos que deba realizar ante el Estado por deudas con el sistema de la Seguridad Social de los contratistas o intermediarios.

Por último, y sobre el Período de Prueba, la Ley amplía el mismo de tres a seis meses. A su vez, permite extenderlo hasta un año siempre que se acuerde mediante un convenio colectivo.

NA

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