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Habilitan el uso de BOPREAL 4 para pagar impuestos, cancelar deudas fiscales y aduaneras de hasta u$s1.000 millones

by adminweb 17 junio 2025
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Por decreto, el Gobierno oficializó la posibilidad de aplicar las tenencias de la nueva serie del BOPREAL para saldar compromisos con el fisco.

Antes de la primera licitación, el Gobierno habilitó el uso de la serie 4 del Bono para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL 4) para pagar impuestos, compromisos aduaneros y deudas con el fisco.

Este miércoles, el Banco Central (BCRA) realizará la primera licitación del BOPREAL 4 por hasta u$s3.000 millones. Podrán participar los importadores con deudas comerciales previas a diciembre de 2023, las empresas con deudas intra compañía y las firmas que tienen utilidades o dividendos que no pudieron realizarse por el cepo cambiario.

El BCRA ya había establecido que, del total colocado, un tercio (es decir, hasta u$s1.000 millones) podrá ser utilizado para cancelar obligaciones impositivas y aduaneras. Este martes, a través del decreto 384/2025, el Poder Ejecutivo habilitó esa posibilidad.

BOPREAL 4: ¿qué dice el decreto?

La norma determina que los tenedores del BOPREAL 4 adquiridos entre este miércoles y el 30 de septiembre «podrán darlos en pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y aduaneras, con más sus intereses, multas y accesorios».

El decreto, de todas maneras, estableció las siguientes excepciones:

  • Aportes y Contribuciones destinadas al Régimen de la Seguridad Social.
  • Contribuciones destinadas al Régimen de Obras Sociales.
  • Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
  • Las cuotas con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
  • Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
  • Las obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención y percepción.

Los tenedores de esta serie de los bonos podrán darlos en pago a su valor técnico calculado al tipo de cambio que resulte aplicable, según los plazos y las condiciones que estipulen la ARCA y el BCRA en sucesivas reglamentaciones.

El decreto establece que el uso del BOPREAL 4 para el pago de las obligaciones impositivas y aduaneras estará limitado a un valor máximo total equivalente a u$s1.000 millones y solo se podrá aplicar desde el 30 de abril de 2028 y hasta el 31 de octubre de 2028, ambas fechas inclusive.

«La Jefatura de Gabinete de Ministros dispondrá los ajustes presupuestarios para que se transfieran a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los montos que les correspondan por la dación en pago de obligaciones impositivas y aduaneras canceladas conforme al presente decreto, en los términos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos», aclaró el decreto firmado por Javier Milei, Guillermo Francos y Mariano Cúneo Libarona.

Con la apertura de la nueva serie del BOPREAL, el equipo económico busca darle salida a los stocks aún atrapados por el cepo a empresas aún vigente y absorber pesos para profundizar el torniquete monetario.

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